DECRETO 398 2025

Síntesis:

DESIGNA - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL INCLUSIÓN DIGITAL - SEBASTIÁN AGUSTÍN TSUJI - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - VICEJEFATURA DE GOBIERNO

Publicación:

14/10/2025

Sanción:

09/10/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764), el Decreto 387/23 y sus

modificatorios, el Expediente EX-2025-42488203-GCABA-DGTALAVJG, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, la cual contempla en su Título IV a la Vicejefatura de

Gobierno;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

hasta el nivel de Dirección General, en la cual se contempla a la Dirección General

Inclusión Digital dependiente de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de

las Personas con Discapacidad (COPIDIS) bajo la órbita de la Vicejefatura de

Gobierno;

Que encontrándose vacante dicho cargo, la Vicejefa de Gobierno propicia designar, a

partir del 1° de octubre de 2025, a Sebastián Agustín Tsuji (DNI 29.910.152, CUIL 20-

29910152-6), como Director General de la Dirección General Inclusión Digital

dependiente de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas

con Discapacidad (COPIDIS) bajo la órbita de la Vicejefatura de Gobierno;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de octubre de 2025, a Sebastián Agustín Tsuji

(DNI 29.910.152, CUIL 20-29910152-6), como Director General de la Dirección

General Inclusión Digital dependiente de la Comisión para la Plena Participación e

Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) bajo la órbita de la Vicejefatura

de Gobierno.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al

interesado dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado por la Ley 6.764). Comunicar a la

Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaría de

Gestión de Recursos Humanos, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, a la Dirección General Acceso a la Información y Gobierno Abierto y a la

Oficina de Integridad Pública. Para su conocimiento y demás efectos remitir a la

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno.

Cumplido, archivar MACRI - Sánchez Zinny