RESOLUCIÓN 55 2025 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
Síntesis:
APRUEBA REGLAMENTO INTERNO - COMITÉ CONSULTIVO HONORARIO -CCH - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS
Publicación:
15/10/2025
Sanción:
09/10/2025
Organismo:
COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
VISTO: Las Leyes 447 y 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), los Decretos
1.393/03, 387/23 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico EX-2025-42842657-
GCABA-COPIDIS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 447 creó la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las
Personas con Discapacidad (COPIDIS), como organismo especializado en la
promoción y garantía de derechos, estableciendo entre sus funciones la de asesorar,
supervisar, capacitar y difundir temas vinculados a la discapacidad;
Que el artículo 11 de la mencionada ley establece que la Comisión para la Plena
Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad será asesorada por un
Comité Consultivo Honorario integrado por representantes de los Organismos y
Entidades Públicas y de las Organizaciones no Gubernamentales (ONGs) de la
Ciudad, cuyo objetivo social se vincule con la problemática de las personas con
discapacidad, y que tengan como mínimo dos (2) años de antigüedad legalmente
reconocida;
Que el artículo 12 dispone que para la integración de los representantes de las ONGs
al Comité Consultivo Honorario (CCH), el Poder Ejecutivo ordenará la apertura de un
Registro para la inscripción de dichas instituciones, y de entre las cuales se elegirán
los integrantes del Comité Consultivo Honorario (CCH);
Que el Decreto 1.393/03 reglamentó la Ley 447, estableciendo en el artículo 8°, inciso
k) del Anexo I, entre las funciones de la Comisión para la Plena Participación e
Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS), la de "aprobar el Reglamento
de Funcionamiento del Comité Consultivo Honorario";
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su Título IV a la Vicejefatura de
Gobierno;
Que mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires,
estableciendo a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas
con Discapacidad (COPIDIS) como Organismo fuera de Nivel bajo la órbita de la
Vicefatura de Gobierno;
Que por lo expuesto, deviene necesario aprobar el reglamento interno del Comité
Consultivo Honorario a fin de determinar el funcionamiento del mismo, en cuanto a su
composición, la forma y oportunidad de las convocatorias a Asambleas Plenarias, el
mecanismo de elección y la duración del mandato de sus representantes y demás
cuestiones que hacen a un mejor desempeño de dicho Comité;
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de Funcionamiento Interno del Comité Consultivo
Honorario (CCH) de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las
Personas con Discapacidad (COPIDIS), que como ANEXO I (IF-2025-43163412-
GCABA-COPIDIS), forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar a las
entidades inscriptas en el Registro de Organismos y Entidades Públicas y Privadas
destinadas a Personas con Discapacidad. Remitir a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archivar. Torroba
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7225