RESOLUCIÓN 2 2025 SUBSECRETARIA FAMILIA Y COMUNIDAD

Síntesis:

SUSTITUYE ARTICULO 1° RESOLUCIÓN 301-SSFPFC-25 - APRUEBA PAUTAS - INCORPORACIÓN DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL AL PROGRAMA CENTROS BARRIALES COMUNITARIOS Y TEXTO MODELO DE PROYECTO INSTITUCIONAL - SUBSECRETARIA FAMILIA Y COMUNIDAD

Publicación:

16/10/2025

Sanción:

26/02/2025

Organismo:

SUBSECRETARIA FAMILIA Y COMUNIDAD


VISTO: la Resolución N° 1095-MDHYHGC/21, la Resolución N° 301-SSFPFC/21, la

Resolución N° 36-MDHYHGC/25, Decretos N° 428/2023, N° 69/2025 y N° 92/2025, el

EX-2025-05633827-GCABA-DGPSA y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución N° 1095-MDHYHGC-21 se crea el Programa de gestión

"Centros Barriales Comunitarios" en la órbita de la Dirección General Políticas Sociales

en Adicciones, dependiente de la entonces Subsecretaría de Fortalecimiento Personal,

Familiar y Comunitario - actual Subsecretaría Familia y Comunidad - y se aprueban los

Lineamientos Generales de dicho Programa que se encuentran detallados en el IF-

2021-38241829-GCABA-DGPSA, el texto modelo de Convenio a celebrarse con las

Organizaciones de la Sociedad Civil identificado como IF-2021-38241853-GCABA-

DGPSA, que como Anexos I y II, respectivamente, forman parte de la misma;

Que, mediante el artículo 4° de la Resolución N° 1095-MDHYHGC/21 se faculta a la

Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario - actual

Subsecretaría Familia y Comunidad - o a la que en el futuro la reemplace en su

carácter de Autoridad de Aplicación, a dictar las normas reglamentarias,

complementarias, aclaratorias, operativas e interpretativas, como así también a

aprobar el texto modelo de "Proyecto Institucional", que como anexo será parte

integrante de los Convenios y todo otro instrumento que requiera la implementación

del Programa creado;

Que, oportunamente, a través de la Resolución N° 301-SSFPFC/21, la entonces

Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario - actual

Subsecretaría Familia y Comunidad - aprobó instrumentos de implementación del

Programa "Centros Barriales Comunitarios";

Que atento al tiempo transcurrido desde la aprobación del mismo a la fecha, la

experiencia de trabajo articulado con Organizaciones de la Sociedad Civil con las que

se suscribieron convenios en el marco del mentado Programa, y las supervisiones

realizadas por el equipo de la Dirección General, es que la Dirección General Políticas

Sociales en Adicciones ha propiciado la modificación de la normativa vigente al

respecto de los Centros Barriales Comunitario, receptando oportunidades de mejora

para la adecuación del programa aprobado, que repercutirán en eficientizar y

desarrollar el mismo;

Que conforme lo expuesto, se ha dictado la Resolución N°36-MDHYHGC/25, la cual

aprueba los Lineamientos Generales del "Programa Centros Barriales Comunitarios",

identificados como IF-2025-05638396-GCABA-DGPSA y el texto modelo de Convenio

a celebrarse con Organizaciones de la Sociedad Civil en el marco del Programa

Centros Barriales Comunitarios", identificado como IF-2025-05638386-GCABA-

DGPSA, que como Anexo I y II respectivamente, que forman parte integrante de la

misma;

Que asimismo, dicha Resolución faculta a la entonces Subsecretaría de

Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario-actual Subsecretaría Familia y

Comunidad-, o a la que en el futuro la reemplace, en su carácter de Autoridad de

Aplicación del "Programa Centros Barriales Comunitarios", a dictar las normas

reglamentarias, complementarias, aclaratorias, operativas e interpretativas, como así

también a aprobar el texto modelo de "Proyecto Institucional", que como anexo será

parte integrante de los Convenios, y todo otro instrumento que requiera la

implementación del "Programa Centros Barriales Comunitarios";

Que, conforme con el marco normativo actual, la Dirección General Políticas Sociales

en Adicciones propicia la aprobación de nuevos instrumentos para la implementación

del Programa "Centros Barriales Comunitarios", identificados como "Pautas para la

incorporación de Organizaciones de la Sociedad Civil al Programa Centros Barriales

Comunitarios" detallado en el ANEXO I (IF-2025-09471193-GCABA-SSFC) y "Texto

Modelo de Proyecto Institucional", conforme con el ANEXO II (IF-2025-09471177-

GCABA-SSFC);

Que, mediante Decreto N° 428/2023 se designó a partir del 10 de diciembre del 2023

como Subsecretario Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario a quien suscribe;

Que, asimismo, mediante Decreto N° 69/2025 se realizó la modificación de la

estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, modificándose

el nombre de esta Subsecretaría, y pasándose a llamar Subsecretaría Familia y

Comunidad, siendo rectificado quien suscribe en el cargo de Subsecretario mediante

Decreto N° 92/2025;

Que, en concordancia con lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas,

resulta procedente el dictado del acto administrativo por el cual se aprueban los

instrumentos reglamentarios propiciados por la Dirección General Políticas Sociales en

Adicciones en el marco del Programa "Centros Barriales Comunitarios";

Por ello, y en uso de las facultades propias y conferidas,

EL SUBSECRETARIO FAMILIA Y COMUNIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Se sustituye el artículo 1° de la Resolución N° 301-SSFPFC/25, el cual

quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°.- Aprobar "Pautas para la

incorporación de Organizaciones de la Sociedad Civil al Programa Centros Barriales

Comunitarios" (IF-2025-09471193-GCABA-SSFC) y "Texto Modelo de Proyecto

Institucional" (IF-2025-09471177-GCABA-SSFC), que como Anexo I y II

respectivamente, forman parte integrante de la presente".

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Políticas Sociales

en Adicciones. Cumplido, archívese. Giraudo

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 71-SSFC-25  rectifica el considerando 9° de la Resolución 2-SSFC/2025 dejándose establecido que donde dice siendo rectificado quien suscribe en el cargo de Subsecretario, deberá decir, siendo ratificado quien suscribe en el cargo de Subsecretario, deberá decir, siendo ratificado quien suscribe en el cargo de Subsecretario.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 2-SSFYC-25 sustituye el artículo 1° de la Resolución 301-SSFPFC/25,</p>