LEY 1874 2005
Síntesis:
MODIFICA TEXTO ORDENADO - VÍAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CALLES RÓMULO NAÓN Y DR PEDRO IGNACIO RIVERA - DECRETO-ORDENANZA 10407-47
Publicación:
24/01/2006
Sanción:
01/12/2005
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
11/01/2006
Artículo 1° - Artículo 1° - Inclúyese en las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47, Boletín Municipal N° 8.174, texto ordenado de las vías con sentido único de circulación, a los siguientes tramos de arteria en la forma en que se indica:
Dr. Rómulo S. Naón, desde Dr. Pedro Ignacio Rivera hasta Manuel Ugarte, de sureste a noreste;
Dr. Pedro Ignacio Rivera, desde Washington hasta Dr. Rómulo S. Naón, de noreste a sureste.
Artículo 2° - La presente ley entra en vigencia una vez instalado el señalamiento indicativo de lo dispuesto en el artículo 1°.
Artículo 3° - Comuníquese, etc.- De Estrada - Alemany
Buenos Aires, 18 de enero de 2006.
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 1.874 (Expediente N° 89.389/05), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 1° de diciembre de 2005 ha quedado automáticamente promulgada el día 11 de enero de 2006.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento. Cumplido, archívese. Cohen