RESOLUCIÓN 1320 2025 MINISTERIO DE SEGURIDAD

Síntesis:

CONVOCATORIA -  PARTICIPACION AL PLENARIO DEL CONSEJO DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DEL DELITO - MINISTERIO DE SEGURIDAD

Publicación:

24/10/2025

Sanción:

21/10/2025

Organismo:

MINISTERIO DE SEGURIDAD


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 1.689, el

Expediente EX-2025-45322524- -GCABA-DGTALMSE, y

CONSIDERANDO:

Que la seguridad pública es una responsabilidad indelegable del Gobierno de la

Ciudad, conforme al artículo 34 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que la Ley N° 1.689 (Texto consolidado Ley 6.764) establece la organización,

funciones, integración y procedimientos del Consejo de Seguridad y Prevención del

Delito;

Que el Consejo de Seguridad y Prevención del Delito es un órgano honorario de

consulta y asesoramiento permanente del Poder Ejecutivo en las políticas de

seguridad y preventivas, dependiente del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que conforme la citada ley, el/la Secretario/a de Seguridad o el responsable ministerial

que lo/a reemplace en el futuro de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100 de

la Constitución de la Ciudad, ejerce la presidencia del Consejo;

Que según regula también esta ley, el plenario del Consejo de Seguridad y Prevención

del Delito está integrado por a. Seis (6) representantes del Poder Ejecutivo, con rango

de Subsecretario, con competencia en materia de la presente ley, b. Seis (6)

Diputados de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, respetando el

principio de proporcionalidad, y c. El Fiscal General de la Ciudad o su Adjunto;

Que la participación comunitaria es esencial para la prevención del delito y para el

control institucional, lo cual requiere la implementación efectiva de los mecanismos

previstos en la ley en cuestión;

Que la puesta en funcionamiento del Consejo permitirá optimizar la articulación entre

los distintos organismos y sectores involucrados en la seguridad, así como impulsar

campañas y políticas públicas que respondan a las necesidades de la ciudadanía;

Que resulta necesario poner en funcionamiento operativo de dicho Consejo a fin de

fortalecer los mecanismos de participación ciudadana, asesoramiento técnico y control

institucional en materia de seguridad.

Por ello, en uso de facultades propias,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°. Convocar a participar al plenario del Consejo de Seguridad y Prevención

del Delito conforme lo dispuesto en la Ley N° 1.689, a cuyo efecto cúrsese

comunicación de estilo a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para

la designación de seis (6) diputados respetando la proporcionalidad, y al Fiscal

General de la Ciudad o su Adjunto.

Artículo 2°. Establecer que con la convocatoria prevista en el artículo anterior se

especificará la fecha, lugar, y orden de temas a tratar.

Artículo 3°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese, y cumplido, archívese. Giménez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 1320-MSEGC-25 convoca a participar al plenario del Consejo de Seguridad y Prevención del Delito conforme lo dispuesto en la Ley 1.689</p>