RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 1852 2025 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
AUTORIZA - IMPLEMENTACIÓN - CURSO DE CAPACITACIÓN - DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY N° 24.240
Publicación:
28/10/2025
Sanción:
09/10/2025
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
VISTO: el Art. 3 de la Ley 210 sobre las funciones del Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la necesidad de
fortalecer las herramientas teóricas y prácticas de los agentes del organismo en
materia de Defensa del Consumidor, en especial en lo relativo a la Ley 24.240, y su
vinculación con los servicios públicos no domiciliarios concesionados de la Ciudad de
Buenos Aires, el Acta del Directorio N° 907 del 10 de Septiembre de 2025, el
Expediente N° EX-2025-00094497-GUYPC-EURSPCABA y;
CONSIDERANDO:
Que, el derecho de los consumidores y usuarios constituye un derecho humano de
tercera generación, reconocido por la Constitución Nacional en sus artículos 41 y 42, y
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 46;
Que, la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor establece el marco jurídico
fundamental para la protección de los derechos de los consumidores, promoviendo la
equidad y el trato digno en las relaciones de consumo;
Que, resulta necesario capacitar a los agentes del organismo en la aplicación de dicha
normativa, en especial en relación con los servicios públicos no domiciliarios de la
Ciudad de Buenos Aires controlados por el EURSPCABA;
Que, dicha formación permitirá mejorar la atención, el control y la promoción de los
derechos de los consumidores, contribuyendo al fortalecimiento institucional;
Que ha tomado intervención la Unidad de Legal y Técnica;
Por ello,
Artículo 1°. Autorizase la implementación del Curso de Capacitación en Defensa del
Consumidor Ley 24.240-, conforme al programa consolidado en tres módulos que
como ANEXO forma parte de la presente.
Artículo 2°. Destínese el curso a la totalidad de los agentes del EURSPCABA de
manera obligatoria.
Artículo 3°. Instrúyase a la Gerencia de Administración garantizar los recursos
humanos y materiales necesarios para la implementación del mismo.
Artículo 4°. Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Comuníquese. Cumplido, archívese. Fait - Liaño - Michielotto
Pafundi