DECRETO 408 2025

Síntesis:

SANCIONA CON CESANTÍA - AGENTE - HALLADA RESPONSABLE DEL CARGO FORMULADO - SUMARIO ADMINISTRATIVO 712-23 -TRANSGREDIR DEBERES ESTABLECIDOS EN INCISOS D Y G  ARTÍCULO 6° ORDENANZA 40593 

Publicación:

29/10/2025

Sanción:

27/10/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ordenanza 40.593 y la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires (textos consolidados por la Ley 6.764), el Decreto 611/86 y

sus modificatorios, la Resolución 6.244/MEDGC/23, el Expediente EX-2023-34967327-

GCABA-DGCLEI, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución 6.244/MEDGC/23 se dispuso la instrucción del Sumario

Administrativo 712/23 a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades

que pudieran corresponder como consecuencia de la reincidencia en que incurriera,

por diversos ceses administrativos, la docente M.D.P. (FC 465.079), conforme lo

prescripto por el Decreto 611/86 y sus modificatorios, en su reglamentación del artículo

6° inciso g) de la Ordenanza 40.593;

Que, abierta la etapa de instrucción y en mérito de los antecedentes y las pruebas

recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria de la mencionada

agente, la que fue desarrollada ante el organismo instructor;

Que, habida cuenta de las constancias obrantes en el expediente, se formuló el

respectivo cargo administrativo;

Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia y acordó por

unanimidad con el cargo formulado por la Dirección General de Sumarios de la

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la agente en cuestión fue debidamente notificada del cargo formulado como así

también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y

prueba, presentando escrito de defensa y documentación respaldatoria;

Que, habiendo sido notificada del plazo para alegar, la agente hizo uso de ese

derecho;

Que no restando medios de prueba pendientes de producción, se dispuso la clausura

de la etapa de instrucción;

Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, luego de un pormenorizado análisis de los hechos y de

las pruebas colectadas, tomó intervención mediante la emisión del Dictamen Jurídico

identificado como IF-2025-14328014-GCABA-DGSUM;

Que en ese dictamen, al tener por probada la ocurrencia de los hechos disvaliosos,

aconsejó sancionar con cesantía a la agente M.D.P. (FC 465.079), por haber sido

hallada responsable del cargo formulado en el Sumario Administrativo 712/23 y con

ello transgredir los deberes establecidos en los incisos d) y g) del artículo 6° de la

Ordenanza 40.593 (texto consolidado por la Ley 6.764), por quedar aprehendida su

conducta en la previsión contemplada en la reglamentación por Decreto 611/86 y sus

modificatorios, del artículo 6° inciso g) del Decreto 209/22 y en la del artículo 36 inciso

f) de la citada Ordenanza;

Que el Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acordó con la

sanción aconsejada por la Dirección General de Sumarios;

Que la Junta de Disciplina tomó una nueva intervención mediante el Dictamen de

Firma Conjunta identificado como IF-2025-16954210-GCABA-DGCDO, en

coincidencia por unanimidad con la sanción aconsejada por la Dirección General de

Sumarios de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación

ha tomado la intervención de su competencia;

Que conforme surge del expediente citado en el Visto, la docente no se encuentra

amparada con el mandato gremial consagrado por la Ley Nacional 23.551;

Que en virtud de lo expuesto, lo dictaminado oportunamente por la Procuración

General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la valoración efectuada sobre los

elementos probatorios y las demás constancias obrantes en el Expediente,

corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por el artículo 38 de la

Ordenanza 40.593,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sancionar con cesantía a la agente M.D.P. (FC 465.079) por haber sido

hallada responsable del cargo formulado en el Sumario Administrativo 712/23 y con

ello transgredir los deberes establecidos en los incisos d) y g) del artículo 6° de la

Ordenanza 40.593 (texto consolidado por la Ley 6.764), por quedar aprehendida su

conducta en la previsión contemplada en la reglamentación por Decreto 611/86 y sus

modificatorios, del artículo 6° inciso g) del Decreto 209/22 y en la del artículo 36 inciso

f) de la citada Ordenanza.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el

Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar a la

agente M.D.P. (FC 465.079), en los términos del artículo 63 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, con copia del Dictamen

Jurídico IF-2025-14328014-GCABA-DGSUM, haciéndole saber que el presente acto

agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo

de diez (10) días hábiles el recurso de reconsideración de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 50 de la Ordenanza 40.593 o el recurso previsto en el artículo

466 del Código Contencioso Administrativo y Tributario aprobado por Ley 189 (textos

consolidados por la Ley 6.764). Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Dirección General

Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación. Para su conocimiento y

demás efectos, pase a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires. Cumplido, archivar. MACRI - Miguel - Sánchez Zinny