DECRETO 408 2025
Síntesis:
SANCIONA CON CESANTÍA - AGENTE - HALLADA RESPONSABLE DEL CARGO FORMULADO - SUMARIO ADMINISTRATIVO 712-23 -TRANSGREDIR DEBERES ESTABLECIDOS EN INCISOS D Y G ARTÍCULO 6° ORDENANZA 40593
Publicación:
29/10/2025
Sanción:
27/10/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: la Ordenanza 40.593 y la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (textos consolidados por la Ley 6.764), el Decreto 611/86 y
sus modificatorios, la Resolución 6.244/MEDGC/23, el Expediente EX-2023-34967327-
GCABA-DGCLEI, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución 6.244/MEDGC/23 se dispuso la instrucción del Sumario
Administrativo 712/23 a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades
que pudieran corresponder como consecuencia de la reincidencia en que incurriera,
por diversos ceses administrativos, la docente M.D.P. (FC 465.079), conforme lo
prescripto por el Decreto 611/86 y sus modificatorios, en su reglamentación del artículo
6° inciso g) de la Ordenanza 40.593;
Que, abierta la etapa de instrucción y en mérito de los antecedentes y las pruebas
recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria de la mencionada
agente, la que fue desarrollada ante el organismo instructor;
Que, habida cuenta de las constancias obrantes en el expediente, se formuló el
respectivo cargo administrativo;
Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia y acordó por
unanimidad con el cargo formulado por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la agente en cuestión fue debidamente notificada del cargo formulado como así
también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y
prueba, presentando escrito de defensa y documentación respaldatoria;
Que, habiendo sido notificada del plazo para alegar, la agente hizo uso de ese
derecho;
Que no restando medios de prueba pendientes de producción, se dispuso la clausura
de la etapa de instrucción;
Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, luego de un pormenorizado análisis de los hechos y de
las pruebas colectadas, tomó intervención mediante la emisión del Dictamen Jurídico
identificado como IF-2025-14328014-GCABA-DGSUM;
Que en ese dictamen, al tener por probada la ocurrencia de los hechos disvaliosos,
aconsejó sancionar con cesantía a la agente M.D.P. (FC 465.079), por haber sido
hallada responsable del cargo formulado en el Sumario Administrativo 712/23 y con
ello transgredir los deberes establecidos en los incisos d) y g) del artículo 6° de la
Ordenanza 40.593 (texto consolidado por la Ley 6.764), por quedar aprehendida su
conducta en la previsión contemplada en la reglamentación por Decreto 611/86 y sus
modificatorios, del artículo 6° inciso g) del Decreto 209/22 y en la del artículo 36 inciso
f) de la citada Ordenanza;
Que el Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acordó con la
sanción aconsejada por la Dirección General de Sumarios;
Que la Junta de Disciplina tomó una nueva intervención mediante el Dictamen de
Firma Conjunta identificado como IF-2025-16954210-GCABA-DGCDO, en
coincidencia por unanimidad con la sanción aconsejada por la Dirección General de
Sumarios de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación
ha tomado la intervención de su competencia;
Que conforme surge del expediente citado en el Visto, la docente no se encuentra
amparada con el mandato gremial consagrado por la Ley Nacional 23.551;
Que en virtud de lo expuesto, lo dictaminado oportunamente por la Procuración
General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la valoración efectuada sobre los
elementos probatorios y las demás constancias obrantes en el Expediente,
corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por el artículo 38 de la
Ordenanza 40.593,
Artículo 1°.- Sancionar con cesantía a la agente M.D.P. (FC 465.079) por haber sido
hallada responsable del cargo formulado en el Sumario Administrativo 712/23 y con
ello transgredir los deberes establecidos en los incisos d) y g) del artículo 6° de la
Ordenanza 40.593 (texto consolidado por la Ley 6.764), por quedar aprehendida su
conducta en la previsión contemplada en la reglamentación por Decreto 611/86 y sus
modificatorios, del artículo 6° inciso g) del Decreto 209/22 y en la del artículo 36 inciso
f) de la citada Ordenanza.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el
Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar a la
agente M.D.P. (FC 465.079), en los términos del artículo 63 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, con copia del Dictamen
Jurídico IF-2025-14328014-GCABA-DGSUM, haciéndole saber que el presente acto
agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo
de diez (10) días hábiles el recurso de reconsideración de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 50 de la Ordenanza 40.593 o el recurso previsto en el artículo
466 del Código Contencioso Administrativo y Tributario aprobado por Ley 189 (textos
consolidados por la Ley 6.764). Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Dirección General
Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación. Para su conocimiento y
demás efectos, pase a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Cumplido, archivar. MACRI - Miguel - Sánchez Zinny