DECRETO 410 2025
Síntesis:
RECHAZA RECURSO JERÁRQUICO SUBSIDIARIO - DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 855-MSEGC/24 - DAMARIS MICAELA DIAZ - RETIRO OBLIGATORIO - POLICÍA DE LA CIUDAD
Publicación:
30/10/2025
Sanción:
27/10/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y la Ley 5.688 (textos consolidados por la Ley 6.764), las Resoluciones
855/MSEGC/24 y 802/MSEGC/25, el Expediente EX-2024-38462626-GCABA-
DGTALMSE, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso jerárquico, subsidiario del
recurso de reconsideración, interpuesto por Damaris Micaela Diaz (DNI 37.553.090)
contra la Resolución 855/MSEGC/24, que dispuso su retiro obligatorio de la Policía de
la Ciudad conforme con las previsiones del artículo 224, inciso 7°, en función del
artículo 232, inciso 5°, ambos de la Ley 5.688 (actuales artículos 230 inciso 7° y 238
inciso 5° de la citada Ley en su texto consolidado por la Ley 6.764);
Que la mencionada Ley establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales
del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
lo relativo a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,
implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que por su parte, el artículo 230, inciso 7°, de la citada norma prescribe que el retiro
obligatorio corresponde por "incapacidad o inutilización por enfermedad contraída o
agravada o por accidente desvinculado del servicio";
Que la agente fue notificada de la resolución recurrida e interpuso recurso de
reconsideración, con jerárquico en subsidio, contra sus términos;
Que en la presentación, la recurrente se agravia del citado acto administrativo, al
considerar que no corresponde otorgarle el retiro obligatorio y que se encuentra apta
para el servicio efectivo en tareas adecuadas;
Que la Procuración General de la Ciudad tomó la intervención de su competencia
oportunamente mediante la emisión del Dictamen Jurídico IF-2025-27182128-GCABA-
DGDIC;
Que el mencionado órgano asesor manifestó en dicho dictamen que, en caso de haber
alguna presentación tendiente a ampliar o mejorar los fundamentos del recurso
jerárquico, las actuaciones debían volver a la Procuración General para su examen, en
caso contrario, corresponde resolver el recurso jerárquico de conformidad con lo allí
dictaminado;
Que mediante la Resolución 802/MSEGC/25 el Ministro de Seguridad desestimó el
recurso de reconsideración, siendo la agente notificada de tal extremo;
Que conforme a lo establecido en el artículo 111 de la Ley de Procedimientos
Administrativos, las actuaciones fueron elevadas a la Jefatura de Gobierno;
Que en ese marco, se notificó a la recurrente la posibilidad de mejorar los
fundamentos del recurso jerárquico subsidiario, haciendo uso del mencionado
derecho;
Que la Dirección General Administración de Recursos Humanos y Compensaciones,
dependiente del Ministerio de Seguridad, tomó conocimiento de la nueva presentación
y mediante PV-2025-35366775-GCABA-DGARHC ratificó los argumentos vertidos
oportunamente en el Informe IF-2024-42566555-GCABA-DGARHC;
Que la Procuración General de la Ciudad tomó la intervención de su competencia
nuevamente mediante la emisión del Dictamen Jurídico IF-2025-38498319-GCABA-
DGDIC, en el que sostuvo que corresponde desestimar el recurso jerárquico
interpuesto;
Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en el expediente y lo aconsejado
por la Procuración General, corresponde rechazar el recurso jerárquico en cuestión.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el artículo 113 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Rechazar el recurso jerárquico, subsidiario del recurso de
reconsideración, interpuesto por Damaris Micaela Diaz (DNI 37.553.090) contra la
Resolución 855/MSEGC/24.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Seguridad y por el
Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar a la
interesada con copia del Dictamen Jurídico IF-2025-38498319-GCABA-DGDIC,
dejando constancia de que el presente acto agota la instancia administrativa, sin
perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del
artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos
Aires. Para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Seguridad.
Cumplido, archivar. MACRI - Giménez - Sánchez Zinny