DECRETO 145 2006
Síntesis:
MODIFICA EL ART. 3° DEL DECRETO N° 836-05 - DESIGNACIÓN PABLO RONDEROS - DIRECTOR GENERAL DE COOPERADORAS Y COMEDORES ESCOLARES
Publicación:
08/02/2006
Sanción:
30/01/2006
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 25.598/05, y;
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 3° del Decreto N° 836/05, se designó a partir del 11 de mayo de 2005, al señor Pablo Bernabé Ronderos, DNI 16.580.535, CUIL 20-16580535-7, Ficha N° 306.150, como Director General de la Dirección General de Cooperadoras y Comedores Escolares, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria, de la Secretaría de Educación;
Que por el mismo acto administrativo, retenía sin percepción de haberes, entre otros, el cargo de Coordinador General de Educación no Formal, perteneciente a la Planta Transitoria Docente, aprobada por Decreto N° 120/05 (B.O.C.B.A. N° 2129);
Que es de hacer notar que el cargo que nos ocupa no puede ser retenido por ser transitorio;
Que a tal efecto, y teniendo en cuenta que existió un error involuntario, procede a regularizar la situación planteada;
Que por lo expuesto corresponde el dictado de la pertinente norma;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1° - Modifícase el artículo 3° del Decreto N° 836/05, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "Desígnase a partir del 11 de mayo de 2005, al señor Pablo Bernabé Ronderos, DNI 16.580.535, CUIL 20-16580535-7, Ficha N° 306.150, como Director General de la Dirección General de Cooperadoras y Comedores Escolares, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria, de la Secretaría de Educación, partida 5519.0000.S.99 R.01, cesa como Docente Instructor, con 25 horas cátedra transitoria, en Centros Comunitarios de Educación Permanente, deja partida 5534.0005.0897, y como Coordinador General de Educación no Formal, partida 5534.0061.0629, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Maestro de Grado Titular, Jornada Simple, en la Escuela N° 1, D.E. 4".
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por las señoras Secretarias de Educación, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos.