DISPOSICIÓN 31 2025 DIRECCION GENERAL SISTEMAS DE INFORMACION SANITARIA

Síntesis:

APRUEBA - MANUAL DE PROCEDIMIENTOS - ABM DE USUARIOS SIGEHOS - DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN SANITARIA - APLICACIÓN OBLIGATORIA - ÁREAS TÉCNICAS Y LOS EFECTORES DE SALUD - USUARIOS INTERNOS - PERTENECIENTES A MSGC - GCABA - OTRO MINISTERIO DEL GCABA - DOTACIÓN DE GUARDIA - PROGRAMA SUMAR - USUARIOS EXTERNOS -CURSISTAS/BECARIOS/RESIDENTE ROTANTES - VACUNATORIO PRIVADO

Publicación:

04/12/2025

Sanción:

28/11/2025

Organismo:

DIRECCION GENERAL SISTEMAS DE INFORMACION SANITARIA


VISTO: La Ley N.° 153, la Ley N.° 1.845, la Ley N.° 6.684 de Ministerios, el Decreto

N.° 40/2025, el Marco Normativo de Tecnologías de la Información aprobado por la

Agencia de Sistemas de Información (ASI), y el Expediente N° EX-2025-51619747- -

GCABA-DGSISAN y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N.° 153 Básica de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

establece que la autoridad sanitaria debe organizar, regular y supervisar los procesos

asistenciales, incluyendo los sistemas informáticos que soportan la gestión clínica y

administrativa.

Que la Ley N.° 1.845 de Protección de Datos Personales impone a los organismos

públicos el deber de resguardar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y

trazabilidad de los datos sensibles, entre ellos los datos de salud, lo que exige

procedimientos claros y homogéneos para la creación, modificación y baja de usuarios

en los sistemas informáticos oficiales.

Que la Ley N.° 6.684 de Ministerios asigna al Ministerio de Salud competencias en

materia de planificación, supervisión y regulación de los sistemas de información

sanitaria.

Que el Decreto N.° 40/2025 establece las responsabilidades de la Dirección General

de Sistemas de Información Sanitaria en materia de gestión operativa de los sistemas

informáticos asistenciales, entre ellos el Sistema de Gestión Hospitalaria (SIGEHOS),

incluyendo la definición, actualización y supervisión de procesos técnicos vinculados a

accesos, perfiles y administración de usuarios.

Que el Sistema de Gestión Hospitalaria (SIGEHOS) constituye la plataforma oficial del

Ministerio de Salud para la gestión de información clínica y administrativa en los

efectores de la red pública, siendo imprescindible que la asignación de usuarios y

perfiles se realice bajo procedimientos formales, estandarizados y compatibles con los

lineamientos de seguridad y trazabilidad del Gobierno de la Ciudad.

Que el Marco Normativo de Tecnologías de la Información de la ASI exige la

existencia de procesos documentados para la administración de accesos, segregación

de funciones, control de perfiles, trazabilidad operativa y mantenimiento de registros,

los cuales deben formalizarse mediante acto administrativo.

Que el documento técnico denominado "Manual de Procedimientos -- ABM de

Usuarios SIGEHOS" establece las reglas operativas para la creación, modificación y

baja de usuarios, la definición y asignación de perfiles, los requisitos para usuarios

internos y externos, las responsabilidades de los administradores locales de accesos y

los mecanismos de validación y registro.

Que corresponde aprobar formalmente dicho manual como procedimiento oficial de

esta Dirección General, a fin de asegurar su cumplimiento obligatorio y homogéneo en

todos los efectores del subsector público de salud.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN SANITARIA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°. Aprobar el "Manual de Procedimientos -- ABM de Usuarios

SIGEHOS" (IF-2025-51616067-GCABA-DGSISAN), que como Anexo I forma parte

integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°. Establecer que las áreas técnicas y los efectores dependientes del

Ministerio de Salud deberán aplicar de manera obligatoria los procedimientos

aprobados, asegurando el cumplimiento de los requisitos operativos allí establecidos

para el alta, baja y modificación de usuarios SIGEHOS.

ARTÍCULO 3°. Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Planificación

Sanitaria y Gestión en Red; y a la Dirección General Legal y Técnica, dependientes del

Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. Alassia


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7259

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Disposición N° 31/DGSISAN/25 aprueba el “Manual de Procedimientos — ABM de Usuarios SIGEHOS” como procedimiento oficial complementando lo establecido en la Disposición N° 30/DGSISAN/25.</p>