RESOLUCIÓN 144 2025 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

APRUEBA - PROCEDIMIENTO - CIERRE DE EJERCICIO - FORMULARIOS - 2025 - TRAMITACION - EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - CARÁTULA - GENE0141ACIERRE DE EJERCICIO - MÓDULO EXPEDIENTE ELECTRÓNICO EE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS SADE - DEROGA - RESOLUCIÓN N° 160-SGCBA/24 - DISPOSICIONES GENERALES - ETAPAS Y ACTORES DEL PROCESO - ACTIVIDADES - INICIO DEL PROCEDIMIENTO Y PROTOCOLIZACIÓN ELECTRÓNICA - VEEDORES - FORMATO DE LOS DOCUMENTOS - DETALLE - ARQUEO DE FONDOS Y VALORES - CORTE DE DOCUMENTACIÓN Y OTROS PROCEDIMIENTOS - PROCEDIMIENTOS Y FORMULARIOS - PLANILLA RESUMEN - ARQUEO DE FONDOS Y VALORES - OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO - CONCEPTOS COMPRENDIDOS - FONDOS ASIGNADOS PARA GASTOS - EXISTENCIA DE DINERO EN EFECTIVO - COMPROBANTES DE GASTOS PAGADOS PENDIENTES DE RENDICIÓN - OTROS CONCEPTOS (VALES, ANTICIPOS Y OTROS) - SALDO EN BANCO DEL FONDO ARQUEADO - RENDICIONES PENDIENTES DE REPOSICIÓN - FONDOS RENDIDOS CON CARÁCTER DEFINITIVO - SALDOS NO UTILIZADOS DEVUELTOS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA - FONDOS RECAUDADOS - VALORES DE TERCEROS / EN CUSTODIA / GARANTÍA Y OTROS DOCUMENTOS EN CAJA - PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN - CORTE DE DOCUMENTACIÓN Y OTROS PROCEDIMIENTOS - OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO - CONCEPTOS COMPRENDIDOS Y PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN - CORTE DE DOCUMENTACIÓN - CORTE DE CHEQUERAS - CONCILIACIÓN/ES BANCARIA/S - CIERRE DE LIBROS EN SOPORTE PAPEL - CORTE DE SADE  GEDO EE Y RLM - INVENTARIO FÍSICO - RELEVAMIENTO FÍSICO DE BIENES DEL AÑO CORRESPONDIENTE - INVENTARIO ANUAL - CONTRATOS VIGENTES - DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS    

Publicación:

09/12/2025

Sanción:

02/12/2025

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), las Leyes N°

70 (BOCBA N° 539) y N° 6.684 (BOCBA N° 6.762), los Decretos N° 589/09 (BOCBA

N° 3.206), N° 263/10 (BOCBA N° 3.396), N° 491/18 (BOCBA N° 5.529) y N° 387/23

(BOCBA N° 6.765), las Resoluciones N° 28-SGCBA/22 (BOCBA N° 6.352) y N° 160-

SGCBA/24 (BOCBA N° 7.017), las Disposiciones N° 327-DGCG/14 (BOCBA N°

4.550), N° 73-DGCG/21 (BOCBA N° 6.168), N° 24-DGCG/21 (BOCBA N° 6.182) y N°

96-DGCG/25 (BOCBA N° 7.230), el Expediente Electrónico N° 52.093.790-GCABA-

GGTALSGCBA/25, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la

Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano rector de

las normas de Control Interno, con personería jurídica propia y autarquía

administrativa y financiera;

Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que

es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;

Que conforme el artículo citado, esta Sindicatura General "(...) tiene a su cargo el

control interno, presupuestario, contable, financiero, económico, patrimonial, legal y de

gestión (...) de la administración pública en todas las jurisdicciones que componen la

administración central y descentralizada (...)", siendo "(...) el órgano rector de las

normas de control interno (...)", ejerciendo por ello "(...) la fiscalización del

cumplimiento y aplicación de las mismas (...)";

Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.764) fija los Sistemas de Gestión,

Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, y establece la organización y funcionamiento de sus órganos;

Que, a fin de posibilitar el cumplimiento del rol de órgano rector del Sistema de Control

Interno previsto para esta Sindicatura General, el artículo 123 inciso 1) de la Ley citada

encomienda a dicho organismo el dictado y la aplicación de las Normas de Control

Interno a las que se sujetan las jurisdicciones y entidades que se encuentran bajo su

órbita de control;

Que el inciso 2) de dicho artículo también otorga a esta Sindicatura General las

funciones de dictar las Normas de Auditoría Interna y supervisar su aplicación por

parte de las jurisdicciones y entidades que componen la Administración Central y

Descentralizada del Poder Ejecutivo;

Que mediante la Ley N° 6.684 se aprueba la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 589/09 se aprueba la implementación del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como sistema integrado de

caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las

actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad;

Que por Decreto N° 263/10, y sus modificatorios, se crea e implementa el Sistema de

Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de

la Ciudad;

Que por Decreto N° 491/18 se aprueba el Régimen para la Asignación de Fondos de

aplicación en las Jurisdicciones, Organismos Descentralizados, dependencias y

reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 387/23, y modificatorios, se aprueba la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, las responsabilidades primarias y los objetivos de las Unidades de

Organización, a partir del 10 de diciembre de 2023;

Que por Resolución N° 28-SGCBA/22 se aprueba el instructivo para Rúbrica de Libros

en soporte papel, se establece la Digitalización Gradual de los Registros que se

asienten en Libros Rubricados y se recomienda su implementación a las distintas

jurisdicciones y entidades del Poder Ejecutivo;

Que por Resolución N° 160-SGCBA/24 se aprueba el Procedimiento de Cierre de

Ejercicio y sus correspondientes formularios;

Que por Disposición N° 327-DGCG/14 se fija al Módulo de Bienes Patrimoniales del

Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) como único

sistema válido para registrar los movimientos (altas, transferencias y bajas) de los

bienes pertenecientes al Gobierno de la Ciudad;

Que por Disposición N° 24-DGCG/21 se aprueba el procedimiento de instrumentación

de Tarjetas de Compras Corporativas como medio de pago eficiente, complementario

al Régimen de Fondos;

Que por Disposición N° 73-DGCG/21 se instituye al Sistema Integrado de Gestión y

Administración Financiera (SIGAF), como única herramienta válida para realizar la

toma de inventario físico de los bienes muebles pertenecientes al Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante la Disposición N° 96-DGCG/25, se aprueban las normas de cierre

correspondientes al ejercicio 2025 a fin de conocer la gestión presupuestaria, de caja y

patrimonial, así como los resultados operativos, económicos y financieros del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, ante la proximidad del cierre de ejercicio económico financiero, resulta necesario

dictar las normas de cierre aplicables a la Administración Central y Descentralizada del

Poder Ejecutivo;

Que, a fin de evitar la multiplicidad de normas regulatorias de igual situación jurídica,

resulta de buena técnica legislativa derogar la Resolución N° 160-SGCBA/24;

Que la Subgerencia Operativa Normativa ha tomado la intervención correspondiente

en virtud de sus misiones y funciones;

Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta

de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 52.213.162-GCABA-

GGTALSGCBA/25.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 123 incisos 1) y 2) de la

Ley N° 70,

LA SÍNDICA GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el procedimiento de Cierre de Ejercicio que, como Anexo I (N° IF

52.230.791-GCABA-GGTALSGCBA/25), forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 2°.- Aprobar los formularios correspondientes al procedimiento de Cierre de

Ejercicio que, como Anexo II (N° IF 52.231.115-GCABA- GGTALSGCBA/25), forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Establecer que el procedimiento aprobado por el artículo 1° deberá

tramitar por Expediente Electrónico, utilizando para ello la carátula "GENE0141A-

CIERRE DE EJERCICIO" del Módulo Expediente Electrónico (EE) del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos (SADE).

Artículo 4°.- Establecer que se encuentran alcanzados por la presente Resolución los

siguientes componentes de la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

a. Las unidades de organización que componen la Administración Central y

Descentralizada del Poder Ejecutivo, en orden jerárquico descendente hasta el nivel

de Dirección General inclusive o equivalente;

b. Toda dependencia de nivel inferior al de Dirección General o equivalente, que tenga

fondos asignados para gastos o fondos recaudados;

c. Las Unidades, Comisiones, Consejos, Coordinaciones u otros componentes de

similar naturaleza dentro de la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, que tengan fondos asignados para gastos o fondos

recaudados.

Artículo 5°.- Establecer que, en los casos que corresponda en atención a la estructura

organizativa, las Unidades de Auditoría Interna de las distintas jurisdicciones y

entidades dependientes del Poder Ejecutivo tendrán la facultad de supervisar la

aplicación del procedimiento aprobado en el artículo 1°.

Artículo 6°.- Establecer que las autoridades superiores de las jurisdicciones y

entidades que componen la Administración Central y Descentralizada del Poder

Ejecutivo deberán remitir a la Unidad de Auditoría Interna de su jurisdicción o entidad,

a través del módulo Comunicaciones Oficiales (CCOO) del SADE, la documentación

respaldatoria requerida, en el término de quince (15) días hábiles posteriores a

haberse efectuado el procedimiento establecido en el artículo 1°.

Artículo 7°.- Establecer que, en los casos que corresponda, la documentación

respaldatoria deberá coincidir con la documentación que se remita a la Dirección

General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas en

oportunidad del cumplimiento de la Disposición N° 96-DGCG/25.

Artículo 8°.- Derogar la Resolución N° 160-SGCBA/24.

Artículo 9°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar al/

a la Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno, al Jefe/a de Gabinete, al Vicejefe/a de Gabinete,

a todos los Ministerios, Secretarías y Organismos Descentralizados del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las Unidades de Auditoría Interna de cada

jurisdicción y entidad dependiente del Poder Ejecutivo, al/a la Síndico/a General

Adjunto/a, a las Gerencias Generales Auditoría Jurisdicción I y II, a la Gerencia

General Auditoría de Comunas, a la Gerencia Operativa Relaciones Institucionales de

esta Sindicatura General y, para su conocimiento y demás efectos, remitir a la

Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archivar. Freda


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7261-ANEXO I - PROCEDIMIENTO DE CIERRE DE EJERCICIO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7261- ANEXO II


Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 8 de la Resolución N° 144/SGCBA/25 deroga la Resolución Nº 160-SGCBA/24.</p>