DECRETO 465 2025

Síntesis:

DELEGA FACULTADES EN EL MINISTRO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS INTEGRALES DE ALOJAMIENTO Y CUIDADOS PARA ADULTOS MAYORES - COMPRAS Y CONTRATACIONES

Publicación:

10/12/2025

Sanción:

05/12/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley 2.095 y 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), el Decreto

Reglamentario 129/23, la Disposición 333/DGCYC/23, el expediente 52588595- -

GCABA-DGTALMDHYHGC/25, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente electrónico citado en el Visto tramita la delegación de la facultad

para aprobar los pliegos correspondientes a la licitación pública para la contratación de

"Servicios integrales de alojamiento y cuidados para adultos mayores", en un todo de

acuerdo con lo dispuesto en los artículos 28 y 32 de la Ley 2.095 y su Decreto

Reglamentario 129/23;

Que la Ley 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras, ventas

y contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto 129/23 se aprobó la reglamentación de la Ley 2.095 y se

fijaron los niveles de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus

Anexos II, III, IV, V y VI;

Que conforme el artículo 25 de la Ley 6.684 corresponde al Ministerio de Desarrollo

Humano y Hábitat, asistir al Jefe de Gobierno en todo lo inherente a sus

competencias, entre las que se encuentran las de diseñar e implementar políticas,

planes y programas para la promoción y protección de los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales, culturales, comunitarios, humanos y los derechos de incidencia

colectiva en general, integrando otros organismos estatales y organizaciones de la

sociedad civil;

Que el servicio proyectado tiene como finalidad garantizar la vivienda, asistencia

integral, acompañamiento y cuidados de personas mayores de 60 años, autoválidas y

dependientes, que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeconómica,

brindando atención personalizada en establecimientos habilitados para tal fin;

Que la contratación que se propone no se restringe únicamente a la prestación

asistencial, sino que se enmarca en un cambio de paradigma en el sistema de

cuidado, orientado a promover la autonomía y el desarrollo de una vida independiente,

fortalecer capacidades, habilidades y vínculos comunitarios;

Que el presupuesto oficial para la contratación del servicio se estima en la suma total

de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO

MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS DIECISIETE

CON 60/100 ($ 45.424.798.317,60);

Que atento el carácter altamente especializado de la contratación, resulta conveniente

delegar en el titular del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat la facultad de

aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, y de Especificaciones

Técnicas y sus correspondientes Anexos, efectuar el pertinente llamado a Licitación

Pública, emitir las circulares con y sin consulta que resulten necesarias sobre la

documentación licitatoria, designar a los miembros de la Comisión de Evaluación de

Ofertas, dictar todos los actos administrativos necesarios para adjudicar la licitación

pública, suscribir el pertinente contrato, la ejecución del servicio hasta su finalización,

ampliación y/o disminución del total adjudicado, las posibles prórrogas y continuidades

del servicio, las modificaciones contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la

ejecución contractual, la aplicación de penalidades, incluyendo la rescisión del contrato

en caso de corresponder, y en general cualquier otro acto que haga al cumplimiento

del mismo, todo ello en el marco de la normativa aplicable;

Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en virtud de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos

102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1.- Delegar en el Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat la facultad de

aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, y de Especificaciones

Técnicas y sus correspondientes Anexos, de la licitación pública para la contratación

de "Servicios integrales de alojamiento y cuidados para adultos mayores", efectuar el

llamado a licitación pública, emitir las circulares con y sin consulta que resulten

necesarias sobre la documentación licitatoria, designar a los miembros de la Comisión

de Evaluación de Ofertas, dictar todos los actos administrativos necesarios para

adjudicar la licitación pública, suscribir el pertinente contrato, la ejecución del servicio

hasta su finalización, ampliación y/o disminución del total adjudicado, las posibles

prórrogas y continuidades del servicio, las modificaciones contractuales que puedan

suscitarse a lo largo de la ejecución contractual, la aplicación de penalidades,

incluyendo la rescisión del contrato en caso de corresponder, y en general cualquier

otro acto que haga al cumplimiento del mismo, todo ello en el marco de la normativa

aplicable.

Artículo 2.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Desarrollo Humano y

Hábitat, y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el Portal

"Buenos Aires Compras" (www.buenosairescompras.gob.ar). Comunicar a la Dirección

General Políticas Asistenciales para Personas Mayores de la Subsecretaría de

Personas Mayores del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires para la prosecución de su trámite. Remitir las presentes

actuaciones a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archivar. MACRI - Mraida - Sánchez Zinny