DECRETO 485 2025

Síntesis:

RECHAZA RECURSO JERÁRQUICO - SUBSIDIARIO DEL DE RECONSIDERACIÓN -  INTERPUESTO POR SANDRA REGINA ACEVEDO - CONTRA RESOLUCIÓN 276-MSEGC-24 - RETIRO OBLIGATORIO - POLICÍA DE LA CIUDAD

Publicación:

23/12/2025

Sanción:

18/12/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y la Ley 5.688 (textos consolidados por la Ley 6.764), las Resoluciones

276/MSEGC/24 y 1175/MSEGC/25, el Expediente EX-2024-16299236-GCABA-DSG, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso jerárquico, subsidiario del

recurso de reconsideración, interpuesto por Sandra Regina Acevedo (DNI 28.857.375)

contra la Resolución 276/MSEGC/24, que dispuso su retiro obligatorio de la Policía de

la Ciudad, conforme lo establecido en el artículo 224, inciso 7°, en función del artículo

232, inciso 5°, ambos de la Ley 5.688 (actuales artículos 230, inciso 7°, y 238, inciso

5°, de la citada ley según el texto consolidado por la Ley 6.764);

Que la mencionada Ley establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales

del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en

lo relativo a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,

implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;

Que el artículo 230, inciso 7°, de la citada ley prescribe que el retiro obligatorio

corresponde por "incapacidad o inutilización por enfermedad contraída o agravada o

por accidente desvinculado del servicio";

Que la agente fue notificada de la Resolución recurrida mediante acta e interpuso

recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra sus términos;

Que en su presentación, la recurrente señala que se agravia de la mencionada

resolución al considerar que no corresponde otorgarle el retiro obligatorio dado que, la

mentada resolución carece de motivación suficiente;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tomó la

intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Jurídico identificado

como IF-2025-38498431-GCABA-DGDIC;

Que en dicho dictamen sostuvo que correspondía dictar el acto administrativo que

resuelva el recurso de reconsideración, y que solo correspondía remitir nuevamente

las actuaciones a ese órgano jurídico asesor para su examen, si se producía alguna

presentación tendiente a mejorar o ampliar los fundamentos brindados;

Que por la Resolución 1175/MSEGC/25 el Ministro de Seguridad desestimó el recurso

de reconsideración;

Que dicho acto se notificó a la interesada y, conforme a lo establecido en el artículo

111 de la Ley de Procedimientos Administrativos, las actuaciones fueron elevadas a la

Jefatura de Gobierno;

Que, conforme a dicho marco normativo, se notificó oportunamente a la recurrente la

posibilidad de ampliar o mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario,

dentro del plazo de cinco (5) días;

Que, cumplido el plazo legal citado, y no habiéndose realizado presentación alguna

tendiente a ampliar o mejorar los fundamentos expuestos en el recurso de

reconsideración, corresponde tener por reproducidos los fundamentos considerados

para el dictado de la Resolución 1175/MSEGC/25;

Que, por lo expuesto, las constancias obrantes en el expediente, y lo aconsejado por

la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde

rechazar el recurso jerárquico en cuestión.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el artículo 113 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Rechazar el recurso jerárquico, subsidiario del de reconsideración,

interpuesto por Sandra Regina Acevedo (DNI 28.857.375) contra la Resolución

276/MSEGC/24.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Seguridad y por el

Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar a la

interesada, conjuntamente con el Dictamen Jurídico IF-2025-38498431-GCABA-

DGDIC, dejando constancia de que el presente acto agota la instancia administrativa,

sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del

artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos

Aires (texto consolidado por la Ley 6.764). Para su conocimiento y demás efectos,

remitir al Ministerio de Seguridad. Cumplido, archivar. MACRI - Giménez - Sánchez

Zinny