RESOLUCIÓN 211 2025 SUBSECRETARIA DE HACIENDA
Síntesis:
AUTORIZA - DIRECCIÓN GENERAL OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO - A EFECTUAR EN EL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA - MODIFICACIONES DE CRÉDITOS - FORMALIZAR - CIERRE PRESUPUESTARIO 2025
Publicación:
02/01/2026
Sanción:
26/12/2025
Organismo:
SUBSECRETARIA DE HACIENDA
VISTO: Las Leyes Nros. 6.804, y 70 (texto consolidado por Ley N° 6764), los Decretos
Nros. 1000/99, 12/25, 13/25, la Disposición N° 96-DGCG-25, el Expediente Electrónico
N° 55.290.366-GCABA- DGOGPP-2025, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6.804 se aprobó el Presupuesto General de la Administración
Gubernamental del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para el ejercicio 2025;
Que por Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control
del Sector Publico de la Ciudad de Buenos Aires y se estableció la organización y
funcionamiento de sus órganos;
Que el artículo 33 del Decreto N° 1000/99, reglamentario de la Ley N° 70, dispone
que, al decretarse la distribución administrativa del presupuesto de gastos, el Poder
Ejecutivo debe establecer los alcances y mecanismos para llevar a cabo las
modificaciones al Presupuesto General;
Que por el Decreto N° 12/25 se aprobó la distribución administrativa del Presupuesto
General 2024;
Que, consecuentemente, mediante el Decreto N° 13/25 se aprobaron las Normas
Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2025;
Que el Capitulo XI de la citada norma, en el tercer párrafo del artículo 40, establece
que las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para formalizar el
cierre presupuestario del ejercicio 2025 se aprobarán por Resolución de la
Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que por Disposición N° 96-DGCG-25, la Dirección General Contaduría, en su carácter
de órgano rector del Sistema de Contabilidad, dictó las normas de cierre de cuentas
del ejercicio 2025 para la elaboración de la Cuenta de Inversión a elevar a la
Legislatura;
Que es necesario efectuar en el Sistema Integrado de Gestión y Administración
Financiera (SIGAF), las regularizaciones presupuestarias que sean consecuencia de
los ajustes y adecuaciones que surjan de la aplicación de la citada norma de cierre;
Que por razones operativas el SIGAF precisa la individualización de un acto
administrativo aprobatorio frente a la carga de cada requerimiento que se efectúe, no
resultando factible su modificación posterior;
Que, en esa inteligencia, y sin perjuicio del dictado de un nuevo acto administrativo
posterior que, en definitiva, incorpore y ordene la publicación de las mentadas
regularizaciones una vez concluida dicha labor, resulta indispensable que, al sólo
efecto de su carga en el SIGAF, las mismas queden aprobadas con la presente
resolución;
Por ello,
Artículo 1°.- Autorizar a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto
a efectuar en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) las
modificaciones de créditos que sean necesarias para formalizar el cierre
presupuestario 2025, las que quedarán aprobadas mediante el presente acto
administrativo.
Articulo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y a las Direcciones Generales Contaduría y Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto. Cumplido, archivar. Flores