LEY 6864 2025
Síntesis:
HOMOLOGAN - CONDONACIONES DE DEUDAS - GRAVÁMENES INMOBILIARIOS PUBLICIDAD PATENTES E INGRESOS BRUTOS AUTORIZADAS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Publicación:
09/01/2026
Sanción:
27/11/2025
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
30/12/2025
Artículo 1°.- Se homologan las condonaciones de deudas por gravámenes
inmobiliarios, anuncios publicitarios, patentes sobre vehículos y por el impuesto sobre
los ingresos brutos, autorizadas por la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos, mediante las Resoluciones que se consignan en el Anexo que forma parte
integrante de la presente Ley, en virtud de lo dispuesto en el artículo 187 del Código
Fiscal vigente.
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi
Buenos Aires, 6 de enero de 2026
Mediante la presente certifico que la Ley 6.864, que tramita por el expediente EX-
2025-53501675-GCABA-DGCCN sancionada por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 27 de noviembre de 2025, quedó
automáticamente promulgada el día 30 de diciembre de 2025. Ello en virtud de lo
dispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por lo expuesto, ordeno su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires; así como su comunicación a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa,
y al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Kamian