LEY 6864 2025

Síntesis:

HOMOLOGAN - CONDONACIONES DE DEUDAS - GRAVÁMENES INMOBILIARIOS PUBLICIDAD PATENTES E INGRESOS BRUTOS AUTORIZADAS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Publicación:

09/01/2026

Sanción:

27/11/2025

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

30/12/2025


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Se homologan las condonaciones de deudas por gravámenes

inmobiliarios, anuncios publicitarios, patentes sobre vehículos y por el impuesto sobre

los ingresos brutos, autorizadas por la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos, mediante las Resoluciones que se consignan en el Anexo que forma parte

integrante de la presente Ley, en virtud de lo dispuesto en el artículo 187 del Código

Fiscal vigente.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi

Buenos Aires, 6 de enero de 2026

Mediante la presente certifico que la Ley 6.864, que tramita por el expediente EX-

2025-53501675-GCABA-DGCCN sancionada por la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 27 de noviembre de 2025, quedó

automáticamente promulgada el día 30 de diciembre de 2025. Ello en virtud de lo

dispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por lo expuesto, ordeno su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires; así como su comunicación a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa,

y al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Kamian


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7280