RESOLUCIÓN 13 2026 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

ACEPTA RENUNCIA - TATIANA SOL SOSA - SUBDIRECTORA OPERATIVA - SUBDIRECCIÓN OPERATIVACENTRO DE ADMISIÓN Y DERIVACIÓN "ÚRSULA LLONA DE INCHAUSTI"-DIRECCIÓN GENERAL DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL - CONSEJO DE LOSDERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Publicación:

13/01/2026

Sanción:

08/01/2026

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO: La Ley 114 (texto consolidado por Ley 6.764), la Resolución 278-GCABA-

CDNNYA/24, y su rectificatoria Resolución 413-GCABA-CDNNYA/24, el Expediente

EX-2026-01262305-GCABA-DGRPJ, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le

incumben a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y

protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes, el cual goza de

autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;

Que por la Resolución 278-GCABA-CDNNYA/24, y su rectificatoria Resolución 413-

GCABA-CDNNYA/24, se designó a la agente Tatiana Sol Sosa, CUIL N° 27-

38359461-3, en el cargo de Subdirectora Operativa de la Subdirección Operativa

Centro de Admisión y Derivación "Úrsula Llona de Inchausti", dependiente de la

Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil de este Consejo, a partir del 15

de febrero de 2024;

Que mediante IF-2026-01556799-GCABA-DGRPJ, la agente Sosa presentó su

renuncia al cargo en cuestión, a partir del 31 de diciembre de 2025;

Que la Dirección Operativa de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección

General Legal, Técnica y Administrativa del organismo, tomó intervención en el ámbito

de su competencia;

Que, en consecuencia, resulta procedente dictar el acto administrativo por el que se

acepte la renuncia presentada por la agente Tatiana Sol Sosa, CUIL N° 27-38359461-

3, al cargo de Subdirectora Operativa de la Subdirección Operativa Centro de

Admisión y Derivación "Úrsula Llona de Inchausti", dependiente de la Dirección

General de Responsabilidad Penal Juvenil de este Consejo, a partir del 31 de

diciembre de 2025, retornando a la Partida Presupuestaria N° 20150070-N01-SP01 del

Cuerpo Especial de Seguridad y Vigilancia (CESYV), en el grado de subayudante, del

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa tomó la intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 114 y el Decreto 58/25,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO

DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aceptar la renuncia presentada de la agente Tatiana Sol Sosa, CUIL N°

27-38359461-3, al cargo de Subdirectora Operativa de la Subdirección Operativa

Centro de Admisión y Derivación "Úrsula Llona de Inchausti", dependiente de la

Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil, dependiente del Consejo de los

Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 31 de diciembre de 2025,

retornando a la Partida Presupuestaria N° 20150070-N01-SP01 del Cuerpo Especial

de Seguridad y Vigilancia (CESYV), en el grado de subayudante, del Consejo de los

Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial. Comunicar a las dependencias de este

Consejo, debiendo la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil notificar la

presente a la interesada. Pase a la Dirección Operativa de Recursos Humanos,

dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa del organismo,

para su conocimiento, comunicación a la Dirección General de Administración y

Liquidación de Haberes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos,

dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y demás efectos. Morales Gorleri

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

CESA
<p>Artículo 1 de la Resolución 13-CDNNYA-26 acepta  a partir del 31 de diciembre de 2025 la renuncia de Tatiana Sol Sosa. designada por Resolución 278-GCABA-CDNNYA/24, y su rectificatoria Resolución 413-GCABA-CDNNYA/24.<br /> </p>