RESOLUCIÓN 1 2026 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
ESTABLECE - CANTIDAD DE UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS - ASIGNADAS A JURISDICCIONES - AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN (ASI) LEY 2689 - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - INSTITUTO DE LA VIVIENDA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - JEFE DE GOBIERNO - MINISTERIO DE CULTURA - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIO DE SEGURIDAD - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN - SECRETARÍA DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO - SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - SECRETARÍA DE MEDIOS - SECRETARÍA GENERAL - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - UNIDAD RELACIONES FEDERALES Y VINCULACIÓN INTERJURISDICCIONAL - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2026
Publicación:
20/01/2026
Sanción:
15/01/2026
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 2 de marzo de 2026.
VISTO: la Ley 6.684 y su modificatoria 6.851, los Decretos 387/23 y modificatorios, y
488/25, y el Expediente EX-2026-04247393-GCABA-DGDSCIV, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario
de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 y
el 31 de diciembre de 2024;
Que mediante el artículo 11 del citado Decreto se estableció que corresponde al
Ministro de Hacienda y Finanzas y al Jefe de Gabinete de Ministros, en forma
conjunta, asignar la cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las
Jurisdicciones que correspondan;
Que por Decreto 488/25 se prorrogó el referido régimen por el período comprendido
entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2026;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo que asigne
la cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias asignadas a las diferentes
jurisdicciones, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de
2026.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto 387/23,
Artículo 1°.- Establecer la cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias asignadas
a las jurisdicciones detalladas en el Anexo (IF-2026-04252082-GCABA-DGDSCIV),
que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente resolución, por el
período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2026.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, comunicar a todos los Ministerios, Secretarías del
Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de
Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Arengo Piragine - Sánchez Zinny