LEY 6866 2025

Síntesis:

HOMOLOGA - CONDONACIONES DE DEUDAS - AUTORIZADAS POR LA ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - AGIP -GRAVAMENES INMOBILIARIOS -PATENTES SOBRE VEHICULOS EN GENERAL - IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

Publicación:

27/01/2026

Sanción:

27/11/2025

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

15/01/2026


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Se homologan las condonaciones de deudas por Gravámenes

Inmobiliarios, Patentes sobre Vehículos y por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos,

autorizadas por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, mediante las

Resoluciones que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente

Ley, en virtud de lo dispuesto en el artículo 187 del Código Fiscal (T. O. 2025) y sus

modificatorias.

Art 2°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi

Buenos Aires, 26 de enero de 2026

Mediante la presente certifico que la Ley 6.866, que tramita por el expediente EX-

2025-55757546-GCABA-DGCCN, sancionada por la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 27 de noviembre de 2025, quedó

automáticamente promulgada el día 15 de enero de 2026. Ello en virtud de lo

dispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por lo expuesto, ordeno su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires; así como su comunicación a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa,

y al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Kamian


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7292