DECRETO 44 2026

Síntesis:

SANCIONA - CESANTÍA - AGENTE - R H S - SUMARIO ADMINISTRATIVO 93/23 - DIRECCIÓN GENERAL DE SUMARIOS DE LA PROCURACIÓN GENERAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

04/02/2026

Sanción:

02/02/2026

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ordenanza 40.593, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y la Ley 4.203 (textos consolidados por la Ley 6.764), las

Resoluciones 4776/MEGC/06 y sus modificatorias, y 994/MEDGC/23, el Expediente

EX-2022-33494839-GCABA-DGEGE, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución 994/MEDGC/23 se dispuso la instrucción del Sumario

Administrativo 93/23 a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades

que pudieran corresponder con base en los hechos denunciados por la alumna P.A.D.,

de 4° año, 2° división, turno tarde, de la Escuela de Comercio 18 "Reino de Suecia" del

Distrito Escolar 5, con relación a presuntas conductas disvaliosas en que habría

incurrido el agente R.H.S. (FC 494.339), en su carácter de docente en el citado

establecimiento educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que abierta la etapa de instrucción, y en mérito de los antecedentes y las pruebas

recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria del mencionado

agente, la que fue desarrollada ante el organismo instructor;

Que habida cuenta de las constancias obrantes en el Expediente, se formuló el

respectivo cargo administrativo;

Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia y acordó por

unanimidad con el cargo formulado por la Dirección General de Sumarios de la

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el agente en cuestión fue debidamente notificado del cargo formulado como así

también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y

prueba, haciendo uso de tal derecho;

Que habiendo sido notificado del plazo para alegar, el agente no hizo uso de ese

derecho;

Que no restando medios de prueba pendientes de producción, se dispuso la clausura

de la etapa de instrucción;

Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, mediante Dictamen Jurídico identificado como IF-2025-

27927657-GCABA-DGSUM, luego de un pormenorizado análisis de los hechos, de las

pruebas colectadas y teniendo por probada la ocurrencia de los hechos disvaliosos,

aconsejó sancionar con cesantía al agente R.H.S. (FC 494.339), por haber sido

hallado responsable del cargo formulado en el Sumario Administrativo 93/23 y con ello

transgredir los deberes establecidos en los incisos c) y d) del artículo 6° de la

Ordenanza 40.593 y las obligaciones previstas en los puntos 5 y 15 del artículo 73 y

punto 10 del artículo 74 del Reglamento Escolar implementado por la Resolución

4776/MEGC/06 y sus modificatorias, vigente al momento del hecho, quedando

aprehendida su conducta en la causal del artículo 36 inciso f) de la citada Ordenanza,

además de incurrir en la violencia contra la mujer definida en el artículo 4° y en los

tipos de ésta, determinados en el artículo 5° incisos 2), 3) y 5) de la Ley Nacional

26.485 y su modificatoria 27.533, a la cual adhirió la Ciudad Autónoma de Buenos

Que el Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acordó con la

sanción aconsejada;

Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención mediante el Dictamen de

Firma Conjunta identificado como IF-2025-29738772-GCABA-DGCDO, en el que

coincidió por unanimidad con la sanción aconsejada por la Dirección General de

Sumarios de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación

tomó la intervención de su competencia;

Que conforme surge de los actuados, el docente no se encuentra amparado con el

mandato gremial consagrado por la Ley Nacional 23.551;

Que en virtud de lo expuesto, lo dictaminado oportunamente por la Procuración

General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la valoración efectuada sobre los

elementos probatorios y las demás constancias obrantes en el Expediente,

corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 38 de la Ordenanza

40.593,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sancionar con cesantía al agente R.H.S. (FC 494.339), por haber sido

hallado responsable del cargo formulado en el Sumario Administrativo 93/23 y con ello

transgredir los deberes establecidos en los incisos c) y d) del artículo 6° de la

Ordenanza 40.593 y las obligaciones previstas en los puntos 5 y 15 del artículo 73 y

punto 10 del artículo 74 del Reglamento Escolar implementado por Resolución

4776/MEGC/06 y sus modificatorias, vigente al momento del hecho, quedando

aprehendida su conducta en la causal del artículo 36 inciso f) de la citada Ordenanza,

además de incurrir en la violencia contra la mujer definida en el artículo 4° y en los

tipos de ésta, determinados en el artículo 5° incisos 2), 3) y 5) de la Ley Nacional

26.485 y su modificatoria 27.533, a la cual adhirió la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires mediante la Ley 4.203.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el

Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al

agente R.H.S. (FC 494.339) en los términos del artículo 63 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con copia

del Dictamen Jurídico IF-2025-27927657-GCABA-DGSUM, haciéndole saber que el

presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá articular

dentro del plazo de diez (10) días hábiles el recurso de reconsideración de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ordenanza 40.593 o el recurso

previsto en el artículo 466 del Código Contencioso Administrativo y Tributario

aprobado por Ley 189 (texto consolidado por la Ley 6.764). Comunicar a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, y a la Dirección General Asuntos Jurídicos dependiente del

Ministerio de Educación. Para su conocimiento y demás efectos, pasar a la

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archivar.

MACRI - Miguel - Sánchez Zinny