DECRETO 52 2026

Síntesis:

MODIFICA - ARTICULO 2° Y 3° - DECRETO N° 2020/07 - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - LEY 2.214 - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - FACULTADES

Publicación:

12/02/2026

Sanción:

10/02/2026

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes 2.214,

2.628 y 6.684, los Decretos 2.020/07 y 387/23, la Resolución 239/APRA/25, el

Expediente EX-2026-05282420-GCABA-DGEVA, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece, en su artículo

26, que el ambiente es patrimonio común y que es deber de toda persona preservarlo

y defenderlo, en provecho de las generaciones presentes y futuras;

Que la Ley 2.214 regula la generación, manipulación, almacenamiento, transporte,

tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que por el artículo 7° de la citada Ley se prevé que la Autoridad de Aplicación será el

organismo de más alto nivel con competencia ambiental del Poder Ejecutivo;

Que por el Decreto 2.020/07 se aprobó la reglamentación de la referida Ley 2.214 y se

estableció a la entonces Secretaría de Ambiente como su Autoridad de Aplicación;

Que mediante la Ley 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica que tiene por objeto proteger la

calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las

acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, la que contempla en su Título IV a la Vicejefatura de

Gobierno;

Que a través del Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplando a la Agencia de Protección Ambiental en el ámbito de la

Subsecretaría de Ambiente, dependiente de la mencionada Vicejefatura de Gobierno;

Que mediante la Resolución 239/APRA/25 se aprobó la estructura organizativa de la

Agencia de Protección Ambiental, contemplando a la Gerencia Operativa Gestión de

Residuos, dependiente de la Dirección General Evaluación Ambiental;

Que entre las acciones de la precitada Gerencia Operativa se encuentran las de

elaborar y difundir documentos técnicos, normativa, reglamentaciones e información

relacionados a la gestión de los Residuos Especiales de Generación Universal y a la

gestión de Residuos Peligrosos y Patogénicos; y de diseñar, promover e implementar

programas de adecuación a la normativa ambiental vigente en materia de Residuos

Patogénicos y Peligrosos;

Que en función de los cambios de estructura producidos, resulta necesario modificar el

Decreto 2.020/07 y establecer a la Agencia de Protección Ambiental, o al organismo

que en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley 2.214;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sustituir el texto del artículo 2° del Decreto 2.020/07 por el siguiente:

"Artículo 2°.- Establecer a la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, o al organismo que en el futuro la reemplace, como Autoridad de

Aplicación de la Ley 2.214."

Artículo 2°.- Sustituir el texto del artículo 3° del Decreto 2.020/07 por el siguiente:

"Artículo 3°.- Facultar a la Autoridad de Aplicación de la Ley 2.214 a dictar las normas

aclaratorias, complementarias y operativas que fueren necesarias para la aplicación de

la Ley 2.214 y su reglamentación."

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Subsecretaría de Ambiente, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno. Remitir a la

Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido,

archivar. MACRI - Sánchez Zinny

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto 52/26 sustituye el texto del artículo 2° del Decreto 2.020/07.</p><p>Artículo 2° sustituye el texto del artículo 3°.</p>