DECRETO 56 2026
Síntesis:
APRUEBA - TRASLADO - JARDÍN MATERNAL N° 6 DEL D E 2 - EDIFICIO SITO - CALLE SARMIENTO 2832 DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - A PARTIR DEL CICLO LECTIVO 2026
Publicación:
12/02/2026
Sanción:
11/02/2026
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 6.684 (texto
consolidado por Ley 6.764), los Decretos 406/17 y 387/23 y sus modificatorios, la
Resolución 6772/MCGC/14, el Expediente EX-2026-04968925-GCABA-DGEGE, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
promoviendo la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso,
permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo;
Que en dicho contexto resulta un objetivo primordial de la política educativa del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión
educativa, extendiendo la garantía de escolaridad, expandiendo la Red Escolar,
creando escuelas para asegurar la igualdad de oportunidades y el acceso y egreso del
sistema educativo;
Que por la Resolución 6772/MCGC/14 ratificada por el Decreto 406/17 se creó el
Jardín Maternal N° 6 del Distrito Escolar 2°, con sede en el predio ubicado en la calle
Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941 de esta Ciudad, aprobándose asimismo su planta
orgánico funcional;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que contempla en su artículo 2°, entre los Ministerios del
Poder Ejecutivo, al Ministerio de Educación;
Que dicho Ministerio tiene entre sus objetivos los de diseñar, promover, implementar y
evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema único e
integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, como así también
administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública
estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades, entre otros;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
hasta el nivel de Dirección General, contemplando a la Dirección General Educación
de Gestión Estatal, dependiente de la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje del
Ministerio de Educación;
Que dentro de las responsabilidades primarias de la mencionada Dirección General,
se encuentran las de implementar y llevar a cabo las políticas y programas educativos
en todas las áreas, niveles y modalidades de la enseñanza de su dependencia,
atendiendo los aspectos pedagógicos y administrativos en función de la política
educativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que con el objetivo de beneficiar el proceso de enseñanza y de aprendizaje de los
alumnos, y favorecer las prácticas áulicas, la Dirección General Educación de Gestión
Estatal dependiente de la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje del Ministerio de
Educación promueve el traslado del Jardín Maternal N° 6 del Distrito Escolar 2°, que
actualmente funciona en la calle Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires al edificio sito en la calle Sarmiento 2832 de esta Ciudad a
partir del ciclo lectivo 2026;
Que la medida propiciada permitirá brindar al establecimiento educativo un edificio
adecuado para el desarrollo de las actividades pedagógico-administrativas, contando
con espacios áulicos luminosos, así como también nuevos espacios alternativos y para
usos múltiples, lo cual favorecerá el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje;
Que asimismo se destaca que el traslado que se propone no afecta a la población
estudiantil, así como tampoco a la Planta Orgánico Funcional del Jardín Maternal N° 6
del Distrito Escolar 2°, las que continuarán con sus respectivas actividades en el
edificio sito en la calle Sarmiento 2832 de esta Ciudad, manteniendo las condiciones y
cargos oportunamente designados por el Ministerio de Educación;
Que conforme lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Aprobar el traslado del Jardín Maternal N° 6 del Distrito Escolar 2° al
edificio sito en la calle Sarmiento 2832 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a
partir del ciclo lectivo 2026.
Artículo 2°.- Establecer que en virtud del traslado aprobado por el artículo 1° del
presente Decreto, la Planta Orgánico Funcional del Jardín Maternal N° 6 del Distrito
Escolar 2° continuará prestando funciones en el edificio sito en la calle Sarmiento 2832
de esta Ciudad, en las condiciones y cargos designados oportunamente.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el
Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar al
Ministerio de Educación. Cumplido, archivar. MACRI - Miguel - Sánchez Zinny