RESOLUCIÓN 39 2006 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

Síntesis:

OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - CLAUDIO BROGGI - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNON - CROMAÑÓN - DECRETO 692-05

Publicación:

21/03/2006

Sanción:

21/02/2006

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS


Visto el Decreto N° 692/05 y su prórroga dispuesta por Decreto N° 1.859/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05, 54-SSDH/05 y el Registro N° 5-SSDH/06 de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, y

CONSIDERANDO:

Que en el registro señalado en el visto tramita la solicitud presentada por el Sr. Broggi, Claudio Alejandro, DNI 14.010.381, quien requiere el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, creado por el Decreto N° 692/05, el cual fue prorrogado en los términos establecidos por el artículo 3° del Decreto N° 1.859/05;

Que el requirente resulta ser padre de la Srta. Broggi, Erika, víctima fatal de los hechos acaecidos en la fecha citada, en el local República de Cromagnón;

Que el fallecimiento de la víctima se encuentra corroborado de conformidad a lo prescripto por el artículo 2° de la Resolución N° 54-SSDH/05;

Que, teniendo en cuenta el espíritu de la norma y resultando atendibles las circunstancias alegadas por el solicitante y las particularidades del caso, esta Subsecretaría otorga al requirente en forma excepcional un subsidio de igual monto al establecido en el art. 5° del Decreto N° 692/05;

Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 1.859/05;

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Otórgase al Sr. Broggi, Claudio Alejandro, DNI 14.010.381, el subsidio previsto en el Decreto N° 692/05 y su prórroga establecida por Decreto N° 1.859/05, de cuatro (4) cuotas mensuales y consecutivas desde el 1° de enero de 2006 al 30 de abril de 2006, por la suma de pesos seiscientos ($ 600).

Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por un monto de pesos seiscientos ($ 600), con sus correspondientes comisiones bancarias mensuales de pesos uno con veintiuno ($ 1,21).

Artículo 3° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y de Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. Prorroga subsidios otorgados por Res. 39-SSDH-06