DISPOSICIÓN 15 2026 DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA
Síntesis:
APRUEBA - PROGRAMACIÓN DE VERANO - PROGRAMA CULTURAL EN LOS BARRIOS - TALLERES - ACTIVIDADES - AÑO 2026
Publicación:
19/02/2026
Sanción:
07/02/2026
Organismo:
DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA
VISTO: La Ley N° 6.684 y su modificatoria Ley 6.851; el Decreto N° 387-GCBA-23, su
modificatorio Decreto N°232-GCBA-24, y el EX-2026- 04909348-GCABA-DGPLBC y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6684 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y su modificatoria Ley 6.851, determina que el Jefe de Gobierno es asistido en
sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades
que le fueran conferidas por la misma, contemplando al Ministerio de Cultura;
Que por Decreto N° 387-GCBA-23 y su modificatorio Decreto N° 232-GCBA-24 se
aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando bajo la órbita del Ministerio de
Cultura a la Dirección General Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura;
Que dentro de las responsabilidades primarias de la presente Dirección General se
encuentran las de "Programar y supervisar las actividades, programación y gestión de
los centros culturales barriales y espacios culturales descentralizados que le
dependen", a fin de difundir y facilitar el acceso al conocimiento de las obras que
constituyen su patrimonio" como así tambien la de "Proponer, programar, difundir y
realizar actividades de promoción y animación de la Lectura", entre otras;
Que dentro de ese contexto la Gerencia Operativa de Pormoción Sociocultural ha
proyectado una programación de actividades de verano; .
Que el gasto que demande la programación, se encuentra contemplado en el
presupuesto para el actual ejercicio;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°- Apruébase la Programación de Verano dentro del marco del Programa
Cultural en los Barrios, conforme lo detallado en el Anexo I IF-2026-06788406-
GCABA-DGPLBC, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente
norma.
Artículo 2°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido,
archívese. Solano Martínez