DECRETO 87 2026

Síntesis:

DESIGNA - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO DE ESTÁNDARES DE GESTIÓN - MARCELO CLAUDIO BOUZAS -  SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PÚBLICOS TERRITORIALES - SECRETARÍA DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO

Publicación:

03/03/2026

Sanción:

27/02/2026

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley 6.684, los Decretos 387/23 y 66/26, el Expediente EX-2026-09069263-

GCABA-SECGVC, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, cuyo artículo 10 contempla entre las Secretarías del

Poder Ejecutivo a la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano;

Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del

Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta nivel de Dirección

General;

Que por el Decreto 66/26 se modificó, a partir del 16 de enero de 2026, la estructura

organizativa de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano, y se creó la Dirección

General Desarrollo de Estándares de Gestión dependiente de la Subsecretaría de

Asuntos Públicos Territoriales de dicha Secretaría;

Que, en consecuencia, el Secretario de Gobierno y Vínculo Ciudadano propicia la

designación, a partir del 16 de enero de 2026, de Marcelo Claudio Bouzas (DNI

14.751.048, CUIL 23-14751048-9) como Director General de la Dirección General

Desarrollo de Estándares de Gestión dependiente de la Subsecretaría de Asuntos

Públicos Territoriales de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 16 de enero de 2026, a Marcelo Claudio Bouzas

(DNI 14.751.048, CUIL 23-14751048-9) como Director General de la Dirección General

Desarrollo de Estándares de Gestión dependiente de la Subsecretaría de Asuntos

Públicos Territoriales de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al

interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley 6.357. Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas

dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Oficina de Integridad Pública

y a la Dirección General Acceso a la Información y Gobierno Abierto. Para su

conocimiento y demás efectos, remitir a la Secretaría de Gobierno y Vínculo

Ciudadano. Cumplido, archivar. MACRI - Sánchez Zinny