DECRETO 89 2026

Síntesis:

RECHAZA RECURSO JERÁRQUICO - SUBSIDIARIO DEL DE RECONSIDERACIÓN - CONTRA RESOLUCIÓN 441-MSEGC-25 - ROBERTO ARIEL GAUTO - RETIRO OBLIGATORIO - POLICIA DE LA CIUDAD

Publicación:

04/03/2026

Sanción:

02/03/2026

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y la Ley 5.688, las Resoluciones 441/MSEGC/25 y 800/MSEGC/25, el

Expediente EX-2025-22442013-GCABA-DGTALMSE, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso jerárquico, subsidiario del

recurso de reconsideración, interpuesto por Roberto Ariel Gauto (DNI 31.681.029),

contra la Resolución 441/MSEGC/25, la cual dispuso su retiro obligatorio de la Policía

de la Ciudad, en virtud de haber resultado incapacitado por un hecho que fuera

calificado como ocurrido "en servicio", conforme lo establecido en el artículo 230,

inciso 6°, de la Ley 5.688;

Que la mencionada Ley establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales

del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en

lo relativo a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,

implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;

Que, por su parte, el artículo 230, inciso 6°, de la citada norma prescribe que el retiro

obligatorio corresponde "por incapacidad o inutilización por enfermedad contraída o

agravada o por accidente producido en servicio";

Que el agente fue notificado de la Resolución recurrida mediante acta de notificación e

interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra sus términos;

Que en su presentación, el recurrente se agravia del citado acto administrativo, al

considerar que corresponde otorgarle el retiro obligatorio de la Policía de la Ciudad, en

los términos de lo prescripto por el artículo 230, inciso 5°, de la Ley 5.688; es decir, por

un hecho que, a su entender, debió ser calificado como ocurrido "en y por acto de

servicio";

Que por la Resolución 800/MSEGC/25 el Ministro de Seguridad desestimó el recurso

de reconsideración;

Que dicho acto se notificó al interesado y, conforme a lo establecido en el artículo 111

de la Ley de Procedimientos Administrativos, las actuaciones fueron elevadas a la

Jefatura de Gobierno;

Que conforme a dicho marco normativo, se notificó oportunamente al recurrente la

posibilidad de ampliar o mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario,

dentro del plazo de cinco (5) días;

Que cumplido el plazo legal citado, y no habiéndose realizado presentación alguna

tendiente a ampliar o mejorar los fundamentos expuestos en el recurso de

reconsideración, corresponde tener por reproducidos los fundamentos considerados

para el dictado de la Resolución 800/MSEGC/25;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires tomó intervención mediante

Dictamen Jurídico IF-2026-10216682-GCABA-PG;

Que por lo expuesto, las constancias obrantes en el expediente, y lo aconsejado por la

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde rechazar

el recurso jerárquico en cuestión.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el artículo 113 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Rechazar el recurso jerárquico, subsidiario del de reconsideración,

interpuesto por Roberto Ariel Gauto (DNI 31.681.029) contra la Resolución

441/MSEGC/25.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Seguridad y por el

Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al

interesado, conjuntamente con el Dictamen Jurídico, dejando constancia de que el

presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer

recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y

demás efectos, remitir al Ministerio de Seguridad. Cumplido, archivar. MACRI -

Giménez - Sánchez Zinny