DECRETO 91 2026

Síntesis:

RECHAZA RECURSO JERÁRQUICO SUBSIDIARIO DEL DE RECONSIDERACIÓN - CONTRA RESOLUCIÓN 628-MSEGC- 25 - CREIL GABRIEL GONZÁLEZ - DEJA SIN EFECTO SU DESIGNACIÓN EN LA POLICÍA DE LA CIUDAD

Publicación:

05/03/2026

Sanción:

02/03/2026

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y la Ley 5.688 (textos consolidados por la Ley 6.764), las Resoluciones

628/MSEGC/25 y 1010/MSEGC/25, el Expediente EX-2025-25156827-GCABA-

DGTALMSE, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso jerárquico, subsidiario del

recurso de reconsideración, interpuesto por Creil Gabriel González (DNI 31.467.601)

contra la Resolución 628/MSEGC/25, que dispuso dejar sin efecto su designación en

la Policía de la Ciudad, conforme lo previsto en el artículo 114 de la Ley 5.688;

Que la mencionada Ley establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales

del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en

lo relativo a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,

implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;

Que, por su parte, el artículo 114 de la citada norma prescribe que el personal con

estado policial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires adquiere estabilidad en el

empleo después de transcurridos doce (12) meses de efectiva prestación de servicios

como Oficial de la institución y una vez que hubiere aprobado las evaluaciones de

rendimiento y aptitud que determine la reglamentación;

Que el agente fue notificado de la Resolución recurrida mediante acta de notificación e

interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra sus términos;

Que en su presentación, el recurrente solicita que se revoque la resolución toda vez

que, a su entender, su desvinculación no tiene causa real ni sustento normativo

legítimo;

Que por la Resolución 1010/MSEGC/25 el Ministro de Seguridad desestimó el recurso

de reconsideración;

Que dicho acto se notificó al interesado y, conforme a lo establecido en el artículo 111

de la Ley de Procedimientos Administrativos, las actuaciones fueron elevadas a la

Jefatura de Gobierno;

Que, conforme a dicho marco normativo, se notificó oportunamente al recurrente la

posibilidad de ampliar o mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario,

dentro del plazo de cinco (5) días;

Que, cumplido el plazo legal citado, y no habiéndose realizado presentación alguna

tendiente a ampliar o mejorar los fundamentos expuestos en el recurso de

reconsideración, corresponde tener por reproducidos los fundamentos considerados

para el dictado de la Resolución 1010/MSEGC/25;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tomó la

intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Jurídico IF-2026-

01626057-GCABA-PG;

Que, por lo expuesto, las constancias obrantes en el expediente, y lo aconsejado por

la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde

rechazar el recurso jerárquico en cuestión.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el artículo 113 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Rechazar el recurso jerárquico, subsidiario del de reconsideración,

interpuesto por Creil Gabriel González (DNI 31.467.601) contra la Resolución

628/MSEGC/25.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Seguridad y por el

Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al

interesado, conjuntamente con el Dictamen Jurídico IF-2026-01626057-GCABA-PG,

dejando constancia de que el presente acto agota la instancia administrativa, sin

perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del

artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos

Aires (texto consolidado por la Ley 6.764). Para su conocimiento y demás efectos,

remitir al Ministerio de Seguridad. Cumplido, archivar. MACRI - Giménez - Sánchez

Zinny