RESOLUCIÓN 968 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
DESIGNA - SUBGERENTE OPERATIVA -SUBGERENCIA OPERATIVA GENERADORES ESPECIALES - GERENCIA OPERATIVA CONTROL DE HIGIENE URBANA - DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN - SUBSECRETARÍA DE ORDENAMIENTO URBANO - SECRETARÍA DE ORDEN E HIGIENE - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - SOL MAILEN BALMACEDA
Publicación:
05/03/2026
Sanción:
02/03/2026
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes 471 y 6.684 y modificatoria, los Decretos 684/09, 335/11, 571/11,
387/23 y modificatorios, la Resolución 6.891-GCABA-MHFGC/24, el Expediente EX-
2026-07115055-GCABA-DGFIS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 y modificatoria se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que por Decreto 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del
Poder Ejecutivo;
Que posteriormente, por Decreto 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto 684/09,
el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se
denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les
corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
organizativas de este Gobierno;
Que por el artículo 4° del Decreto 571/11 se autorizó al entonces Secretario de
Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales;
Que por Resolución 6.891-GCABA-MHFGC/24 se aprobaron las disposiciones
generales aplicables al Régimen Gerencial de la Administración Pública de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria, el Ministerio de Espacio
Público e Higiene Urbana propicia, a partir del 01 de febrero de 2026, la designación
de la Sra. Sol Mailen Balmaceda, (DNI 44.596.037, CUIL 27-44596037-9), como
Subgerente Operativa de la Subgerencia Operativa Generadores Especiales de la
Gerencia Operativa Control de Higiene Urbana de la Dirección General Fiscalización
de la Subsecretaría de Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Orden e Higiene;
Que mediante Informe Número IF-2026-07206918-GCABA-DGFIS, la Dirección
General Fiscalización, dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso i) del artículo 3° del
Anexo I de la mentada Resolución 6.891-GCABA-MHFGC/24;
Que por el artículo 13 del Anexo I de la Resolución 6.891-GCABA-MHFGC/24 se
estableció que el cese del personal designado con carácter transitorio en cargos de
régimen gerencial no otorgará, en ningún caso, derecho a la percepción de monto
indemnizatorio alguno;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad de la agente
propuesta para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el
artículo 7° de la Ley 471, y ha dado cumplimiento a los recaudos exigidos por la
normativa en vigencia;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 18 incs. 11 y 12 de la Ley
6.684 y modificatoria,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 01 de febrero de 2026, con carácter transitorio, a la
Sra. Sol Mailen Balmaceda, (DNI 44.596.037, CUIL 27-44596037-9), como Subgerente
Operativa de la Subgerencia Operativa Generadores Especiales de la Gerencia
Operativa Control de Higiene Urbana de la Dirección General Fiscalización de la
Subsecretaría de Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Orden e Higiene del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana.
Artículo 2°.- La designación de la agente mencionada en el artículo anterior reviste
carácter transitorio y podrá cesar en el cargo de régimen gerencial sin derecho a la
percepción de monto indemnizatorio alguno, de conformidad a lo establecido en el
artículo 13 del Anexo I de la Resolución 6.891-GCABA-MHFGC/24.
Artículo 3°.- La agente designada en el artículo 1°, deberá acreditar de manera
fehaciente, en el plazo perentorio de sesenta (60) días corridos desde la notificación
de la presente Resolución, ante la Dirección General Fiscalización, el cumplimiento de
las capacitaciones previstas en el artículo 4° del Anexo I de la Resolución 6.891-
GCABA-MHFGC/24.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a
las Direcciones Generales Desarrollo del Servicio Civil, y Técnica, Administrativa y
Legal, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su
conocimiento y demás efectos, remitir a las Direcciones Generales de Administración y
Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas y de Fiscalización del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, debiendo esta última notificar
fehacientemente a la interesada. Arengo Piragine