DECRETO 104 2026
Síntesis:
VIGENCIA: A PARTIR DEL 1° DE MARZO DE 2026 - DEROGA - DECRETO 93/24 - APRUEBA - ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - ESTRUCTURAS HOSPITALARIAS - CARRERA DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. TEODORO ÁLVAREZ - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. COSME ARGERICH - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS BERNARDINO RIVADAVIA - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. CARLOS G. DURAND - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DRA. CECILIA GRIERSON - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. JUAN A. FERNÁNDEZ - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS JOSÉ MARÍA PENNA - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. IGNACIO PIROVANO - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS JOSÉ M. RAMOS MEJÍA - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DONACIÓN F. SANTOJANNI - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. ENRIQUE TORNÚ - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DALMACIO VÉLEZ SARSFIELD - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. ABEL ZUBIZARRETA - HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS PEDRO DE ELIZALDE - HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS DR. RICARDO GUTIÉRREZ - HOSPITAL DE ONCOLOGÍA MARÍA CURIE - HOSPITAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS FRANCISCO J. MUÑIZ - HOSPITAL MATERNO INFANTIL RAMÓN SARDÁ - HOSPITAL DE REHABILITACIÓN MANUEL ROCCA - HOSPITAL DE QUEMADOS DR. ARTURO U. ILLIA - HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA DR. JOSÉ DUEÑAS - HOSPITAL DE OFTALMOLOGÍA SANTA LUCÍA - HOSPITAL DE OFTALMOLOGÍA DR. PEDRO LAGLEYZE - HOSPITAL DE REHABILITACIÓN RESPIRATORIA MARÍA FERRER - INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA - HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA DR. RAMÓN CARRILLO - HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA INFANTIL BENITO QUINQUELA MARTÍN - HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA DR. CARLOS B. UDAONDO - INSTITUTO DE ZOONOSIS LUIS PASTEUR - HOSPITAL DE SALUD MENTAL DR. JOSÉ T. BORDA - HOSPITAL DE SALUD MENTAL DR. BRAULIO MOYANO - HOSPITAL DE EMERGENCIAS PSIQUIÁTRICAS TORCUATO DE ALVEAR - HOSPITAL INFANTO JUVENIL DRA. CAROLINA TOBAR GARCÍA - CENTRO DE SALUD MENTAL N° 3 DR. ARTURO AMEGHINO
Publicación:
16/03/2026
Sanción:
12/03/2026
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes 6.035 y 6.684, el Decreto 93/24, Expediente EX-2026-11571678-
GCABA-DGAYDRH, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar
diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo
la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las
acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que la Ley 6.684 sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, la que contempla en su artículo 2°, entre los Ministerios del Poder
Ejecutivo, al Ministerio de Salud;
Que la Ley 6.035 reguló las relaciones de empleo público de los Profesionales de la
Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto 93/24 se aprobó estructura orgánico funcional de la Carrera de los
Profesionales de la Salud en el marco de la Ley 6.035, para los Hospitales Generales
de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", "Dr. Cosme Argerich", "Bernardino Rivadavia", "Dr.
Carlos G. Durand", "Dra. Cecilia Grierson", "Dr. Juan A. Fernández", "José María
Penna", "Dr. Ignacio Pirovano", "Parmenio Piñero", "José M. Ramos Mejía", "Donación
F. Santojanni", "Dr. Enrique Tornú" "Dalmacio Vélez Sarsfield", "Dr. Abel Zubizarreta";
de los Hospitales Generales de Niños "Pedro de Elizalde" y "Dr. Ricardo Gutiérrez"; el
Hospital de Oncología "María Curie", Hospital de Enfermedades Infecciosas "Francisco
J. Muñiz", Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", Hospital de Rehabilitación "Manuel
Rocca", Hospital de Quemados "Dr. Arturo U. Illia", Hospital de Odontología "Dr. José
Dueñas", Hospital de Oftalmología "Santa Lucía", Hospital de Oftalmología "Dr. Pedro
Lagleyze", Hospital de Rehabilitación Respiratoria "María Ferrer", Instituto de
Rehabilitación Psicofísica, Hospital de Odontología "Dr. Ramón Carrillo", Hospital de
Odontología Infantil "Benito Quinquela Martín", Hospital de Gastroenterología "Dr.
Carlos B. Udaondo", Instituto de Zoonosis Luis Pasteur; Hospital de Salud Mental "Dr.
José T. Borda", Hospital de Salud Mental "Dr. Braulio Moyano", Hospital de
Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de Alvear", Hospital Infanto Juvenil "Dra. Carolina
Tobar García" y el Centro de Salud Mental N° 3 "Dr. Arturo Ameghino";
Que, en consecuencia, corresponde modificar la estructura organizativa del Ministerio
de Salud, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo y una mayor
eficiencia de sus competencias;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Derogar el Decreto 93/24.
Artículo 2°.- Aprobar la estructura orgánico funcional de la Carrera de los Profesionales
de la Salud en el marco de la Ley 6.035, para los Hospitales Generales de Agudos "Dr.
Teodoro Álvarez", "Dr. Cosme Argerich", "Bernardino Rivadavia", "Dr. Carlos G.
Durand", "Dra. Cecilia Grierson", "Dr. Juan A. Fernández", "José María Penna", "Dr.
Ignacio Pirovano", "Parmenio Piñero", "José M. Ramos Mejía", "Donación F.
Santojanni", "Dr. Enrique Tornú" "Dalmacio Vélez Sarsfield", "Dr. Abel Zubizarreta" y de
los Hospitales Generales de Niños "Pedro de Elizalde" y "Dr. Ricardo Gutiérrez", de
acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2026-11663368-GCABA-MSGC) y II
(Descripción de acciones) (IF-2026-11663423-GCABA-MSGC), los que a todos sus
efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3°.- Aprobar la estructura orgánico funcional de la Carrera de los Profesionales
de la Salud en el marco de la Ley N° 6.035, para el Hospital de Oncología "María
Curie", Hospital de Enfermedades Infecciosas "Francisco J. Muñiz", Hospital Materno
Infantil "Ramón Sardá", Hospital de Rehabilitación "Manuel Rocca", Hospital de
Quemados "Dr. Arturo U. Illia", Hospital de Odontología "Dr. José Dueñas", Hospital de
Oftalmología "Santa Lucía", Hospital de Oftalmología "Dr. Pedro Lagleyze", Hospital de
Rehabilitación Respiratoria "María Ferrer", Instituto de Rehabilitación Psicofísica,
Hospital de Odontología "Dr. Ramón Carrillo", Hospital de Odontología Infantil "Benito
Quinquela Martín", Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos B. Udaondo" y del
Instituto de Zoonosis Luis Pasteur, de acuerdo con los Anexos III (Organigrama) (IF-
2026-11663486-GCABA-MSGC) y IV (Descripción de acciones) (IF-2026-11663529-
GCABA-MSGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente
Decreto.
Artículo 4°.- Aprobar la estructura orgánico funcional de la Carrera de los Profesionales
de la Salud en el marco de la Ley 6.035, para el Hospital de Salud Mental "Dr. José T.
Borda", Hospital de Salud Mental "Dr. Braulio Moyano", Hospital de Emergencias
Psiquiátricas "Torcuato de Alvear", Hospital Infanto Juvenil "Dra. Carolina Tobar
García" y el Centro de Salud Mental N° 3 "Dr. Arturo Ameghino", de acuerdo con los
Anexos V (Organigrama) (IF-2026-11663616-GCABA-MSGC) y VI (Descripción de
acciones) (IF-2026-11663653-GCABA-MSGC), los que a todos sus efectos forman
parte integrante del presente Decreto.
Artículo 5°.- Mantener la vigencia de los concursos de cargos de planta permanente
que se hubiesen realizado en el marco de la estructura derogada en el artículo 1°.
Artículo 6°.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 1° de marzo de 2026.
Artículo 7°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento del presente Decreto.
Artículo 8°.- El presente decreto es refrendado por los Ministros de Salud y de
Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 9°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes y
Desarrollo del Servicio Civil del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Para su
conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Salud. Cumplido, archivar.
MACRI - González Bernaldo de Quirós - Arengo Piragine - Sánchez Zinny