DECRETO 130 2026
Síntesis:
RECHAZA - RECURSO JERÁRQUICO - SUBSIDIARIO - RECONSIDERACIÓN - RESOLUCIÓN 411/MJYSGC/22 - MARIANO DAMIÁN AVALOS
Publicación:
01/04/2026
Sanción:
27/03/2026
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y la Ley 5.688 (textos consolidados por la Ley 6.764), las Resoluciones
411/MJYSGC/22 y 480/MSEGC/25, el Expediente EX-2022-23262747-GCABA-
SCGPDP, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso jerárquico, subsidiario del
recurso de reconsideración, interpuesto por Mariano Damián Avalos (DNI 28.467.887)
contra la Resolución 411/MJYSGC/22;
Que dicha resolución dispuso su retiro voluntario de la Policía de la Ciudad, a partir del
1° de junio de 2022, en los términos del artículo 212, inciso 3°, de la Ley 5.688 (actual
artículo 218, inciso 3°, de dicha ley en su texto consolidado por la Ley 6.764);
Que la mencionada ley establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales
del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en
lo relativo a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,
implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el artículo 218, inciso 3°, de la citada ley prescribe que la relación de empleo del
personal con estado policial de la Policía de la Ciudad se extingue por "3. Retiro";
Que el agente fue notificado de la resolución recurrida mediante acta e interpuso
recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra sus términos;
Que, en su presentación, el recurrente impugnó la resolución dispuesta conforme la
Ley 5.688, con el objeto de que no se le aplique en forma obligatoria dicha norma, la
que considera que afecta sus legítimos derechos, fundándose en su oposición al
"Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de
Facultades y Funciones de Seguridad en Todas las Materias no Federales Ejercidas
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", por el cual pasó a formar parte de la Policía
de la Ciudad;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tomó la
intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Jurídico IF-2025-
06482271-GCABA-DGDIC, en el que sostuvo que el recurso interpuesto no podía
prosperar;
Que, asimismo, en dicho dictamen sostuvo que sólo correspondía remitir nuevamente
las actuaciones a ese órgano jurídico asesor para su examen si se producía alguna
presentación tendiente a mejorar o ampliar los fundamentos brindados, debiéndose
resolver conforme lo allí dictaminado en caso contrario;
Que por la Resolución 480/MSEGC/25 el Ministro de Seguridad desestimó el recurso
de reconsideración interpuesto por el recurrente;
Que dicho acto se notificó al interesado y conforme a lo establecido en el artículo 111
de la Ley de Procedimientos Administrativos, las actuaciones fueron elevadas a la
Jefatura de Gobierno;
Que, conforme a dicho marco normativo, se notificó oportunamente al recurrente la
posibilidad de ampliar o mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario,
dentro del plazo de cinco (5) días;
Que, cumplido el plazo legal citado, y no habiéndose realizado presentación alguna
tendiente a ampliar o mejorar los fundamentos expresados en el recurso de
reconsideración, corresponde tener por reproducidos los fundamentos considerados
para el dictado de la Resolución 480/MSEGC/25;
Que, por lo expuesto, las constancias obrantes en el expediente, y lo aconsejado por
la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde
rechazar el recurso jerárquico en cuestión.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 113 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Rechazar el recurso jerárquico, subsidiario del de reconsideración,
interpuesto por Mariano Damián Avalos (DNI 28.467.887) contra la Resolución
411/MJYSGC/22.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Seguridad y por el
Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al
interesado, conjuntamente con el Dictamen Jurídico IF-2025-06482271-GCABA-
DGDIC, dejando constancia de que el presente acto agota la instancia administrativa,
sin perjuicio de lo cual podrá interponer el recurso de reconsideración en los términos
del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos
Aires (texto consolidado según Ley 6.764), y para su conocimiento y demás efectos
remitir al Ministerio de Seguridad. Cumplido, archivar. MACRI - Giménez - Sánchez
Zinny