RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 2693 2025 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Síntesis:

AUTORIZA IMPLEMENTACIÓN DE CURSO DE CAPACITACIÓN SOBRE DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24.240 - EN ESCUELAS - ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS - ALUMNOS DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PÚBLICOS DE GESTIÓN ESTATAL Y PRIVADA - ESCUELAS - A PARTIR DE 12 AÑOS DE EDAD - DERECHOS DE CONSUMIDORES

Publicación:

14/04/2026

Sanción:

29/12/2025

Organismo:

F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS


VISTO: la Constitución Nacional Argentina, la Constitución de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, el Art. 3 de la Ley 210 sobre las funciones del Ente Único Regulador de

los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la necesidad de

difundir los derechos en materia de Defensa del Consumidor, en especial en lo relativo

a la Ley 24.240, y su vinculación con los servicios públicos no domiciliarios

concesionados de la Ciudad de Buenos Aires, el Acta del Directorio N° 916 del 29 de

diciembre de 2025, el expediente EX-2025-00139423-GUYPC-EURSPCABA y,

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó el

Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (en adelante el "Ente") como un organismo autárquico dotado de independencia

funcional;

Que, el derecho de los consumidores y usuarios constituye un derecho humano de

tercera generación, reconocido por la Constitución Nacional en sus artículos 41 y 42, y

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 46;

Que, la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor establece el marco jurídico

fundamental para la protección de los derechos de los consumidores, promoviendo la

equidad y el trato digno en las relaciones de consumo;

Que, la Ley N° 210 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Ente

ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos

prestados por la administración central o descentralizada o por terceros, así como el

seguimiento de los servicios cuya fiscalización realice la Ciudad de Buenos Aires en

forma concurrente con otras jurisdicciones, para la defensa y protección de los

derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente,

velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;

Que el Art. 3. Inc. d) de la Ley N.° 210 establece entre las funciones del Ente

Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la de

"organizar actividades de capacitación...";

Que, resulta necesario capacitar a los ciudadanos desde edad temprana para que

puedan conocer y ejercer sus derechos como consumidores;

Que, en atención al contenido de la capacitación, se considera pertinente que se dicte

a alumnos de establecimientos educativos públicos de gestión estatal y privada de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir de los 12 años de edad y con una carga

horaria del módulo de CUARENTA Y CINCO (45) minutos;

Que, asimismo, se propicia ampliar el alcance de la capacitación a niños y niñas que

participen en actividades desarrolladas con asociaciones civiles y en las Comunas de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de acciones de formación y

concientización ciudadana;

Que ha tomado intervención la Unidad de Legal y Técnica.

Por ello,

EL DIRECTORIO

DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Autorízase la implementación del Curso de Capacitación sobre Defensa

del Consumidor Ley 24.240- en escuelas, conforme al programa que comprende dos

módulos temáticos y que se acompaña como Anexo de la presente resolución.

Artículo 2°.- Destínase el curso a los alumnos de establecimientos educativos públicos

de gestión estatal y privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir de los

doce (12) años de edad, con una carga horaria por módulo de CUARENTA Y CINCO

(45) minutos, y amplíese, asimismo, su dictado a niños y niñas en el marco de

actividades desarrolladas con asociaciones civiles y comunas de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, en el marco de acciones de formación y concientización ciudadana.

Artículo 3°.- Instrúyese a la autoridad de aplicación a garantizar los recursos humanos

y materiales necesarios para la implementación del mismo.

Artículo 4°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Comuníquese. Cumplido, archívese. Fait - Liaño - Michielotto


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7344

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución de Directorio N° 2693/ERSP/25 autoríza la implementación del Curso de Capacitación sobre Defensa del Consumidor – Ley 24.240- en escuelas; en el marco de la Ley 210.</p>