DECRETO 1663 2000
Síntesis:
SE ESTABLECE QUE EL PROGRAMA DE SEGURIDAD CIUDADANA CREADO POR DECRETO N° 1.740-98 Y TRANSFERIDO COMO ORGANISMO FUERA DE NIVEL A LA SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD TENDRÁ RANGO DE DIRECCIÓN GENERAL - DESIGNA A EDGARDO ABRAMOVICH COMO DIRECTOR GENERAL
Publicación:
02/10/2000
Sanción:
25/09/2000
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 51.605/2000, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.361-GCBA-2000, (B.O.C.B.A. N° 1000), se modificó a partir del 6 de agosto de 2000, la estructura organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 12- GCBA-96 (B.O.C.B.A. N° 1) y sus modificatorios;
Que de acuerdo a las disposiciones del Art. 2° del Decreto mencionado en primer término, se transfirió a la Secretaría de Justicia y Seguridad , como Organismo Fuera de Nivel, el Programa de Seguridad Ciudadana oportunamente creado mediante Decreto N° 1.740-GCBA-98 (B.O.C.B.A. N° 536);
Que en consecuencia resulta necesario asignar al mismo, rango de Dirección General;
Que la referida Secretaría, solicita se designe a partir del 7 de agosto de 2000, al señor Edgardo Gabriel Abramovich, D.N.I. N° 08.291.863, CUIL 23-08291863-9, como Director General, del organismo que nos ocupa;
Que a efectos de proceder a la cobertura del mencionado cargo, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires);
Artículo 1° Establécese que el Programa de Seguridad Ciudadana creado por Decreto N° 1.740-GCBA-98 y transferido como Organismo Fuera de Nivel a la Secretaría de Justicia y Seguridad, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 2° del Decreto N° 1.361-GCBA-2000, tendrá rango de Dirección General.
Art. 2° Desígnase a partir del 7 de agosto de 2000, al señor Edgardo Gabriel Abramovich, D.N.I. N° 08.291.863, CUIL 23-08291863-9, como Director General del Programa de Seguridad Ciudadana, dependiente de la Secretaría de Justicia y Seguridad, Partida S.99.A.02, asignándosele el 50% del Adicional Selectivo y Transitorio por Función Superior, creado por el Art. 4° del Decreto N° 480/96 (B.O.C.B.A. N° 86).
Art. 3° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Justicia y Seguridad, de Hacienda y Finanzas y de Gobierno.
Art. 4° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos.