DECRETO 161 2026

Síntesis:

DESIGNA - CARÁCTER AD HONOREM - TITULAR - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE RECURSOS - MARIANA BARRIONUEVO - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD COMUNAL Y ORDEN PÚBLICO - SECRETARÍA DE SEGURIDAD - MINISTERIO DE SEGURIDAD

Publicación:

24/04/2026

Sanción:

22/04/2026

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley 6.684, el Decreto 387/23, el Expediente EX-2026-17386781-GCABA-

DGTALMSE, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, la cual contempla en su artículo 2°, entre los Ministerios

del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Seguridad;

Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual

contempla a la Dirección General de Planificación y Evaluación de Recursos

dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Comunal y Orden Público de la

Secretaría de Seguridad del citado Ministerio;

Que el Ministro de Seguridad propicia la designación con carácter "ad honorem", a

partir del 1.° de abril de 2026, de Mariana Barrionuevo (DNI 29.248.897, CUIL 27-

29248897-7) como titular de la Dirección General de Planificación y Evaluación de

Recursos dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Comunal y Orden Público de

la Secretaría de Seguridad del referido Ministerio;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar con carácter "ad honorem", a partir del 1.° de abril de 2026, a

Mariana Barrionuevo (DNI 29.248.897, CUIL 27-29248897-7), como titular de la

Dirección General de Planificación y Evaluación de Recursos dependiente de la

Subsecretaría de Seguridad Comunal y Orden Público de la Secretaría de Seguridad

del Ministerio de Seguridad.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Seguridad y por el

Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar a la

interesada dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley 6.357. Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos, a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes y a la

Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, todas dependientes del

Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Oficina de Integridad Pública y a la Dirección

General Acceso a la Información y Gobierno Abierto. Para su conocimiento y demás

efectos, remitir a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de

Seguridad. Cumplido, archivar. MACRI - Giménez - Sánchez Zinny