RESOLUCIÓN 1951 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - COMISIÓN CENTRAL N° 2/26 - PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO - CREACIÓN DE UN CUERPO ESPECIAL DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO - INCORPORACIÓN - LISTADO DE AGENTES

Publicación:

06/05/2026

Sanción:

30/04/2026

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley 471, el Decreto 465/04, el Acta de Negociación Colectiva -Comisión

Central N° 2/2026, el Expediente EX 2026-17585767-GCABA-DGTALMHF y,

CONSIDERANDO:

Que con fecha 7 de abril de 2026, se celebró el Acta de Negociación Colectiva

Comisión Paritaria Central N° 2/2026, en el marco del Título II de la Ley 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos

Aires (SUTECBA);

Que mediante la misma, las partes acordaron avanzar con la creación de un cuerpo

especial destinado a las tareas de control de tránsito en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en el marco del análisis del alcance del Acta N° 29/19;

Que en tal sentido, establecieron que se llevarán adelante acciones tendientes a la

creación del mencionado cuerpo especial denominado Planta Transitoria "Cuerpo de

Agentes de Tránsito". Dicha planta transitoria se enmarcará en el artículo 54 de la Ley

471;

Que asimismo, se procederá a la incorporación de los agentes de tránsito

mencionados en la nómina que como Anexo I forma parte del Acta, que al 01/11/2019

e ininterrumpidamente al 31/03/2026 se encontraban desempeñándose mediante la

modalidad de Contrato de Locación de Obra y Servicios en la Dirección General

Cuerpo de Agentes de Tránsito (DGCATRA) del Ministerio de Movilidad e

Infraestructura o en la Dirección General Coordinación Operativa (DGCOPE) del

Ministerio de Seguridad, conforme el esquema que se detalla en el Acta;

Que a efectos de determinar la nómina a incorporar en cada tanda, se priorizará

aquellos agentes que se encuentren desarrollando tareas efectivas en la calle, así

como también se tendrá en cuenta la fecha de su primera contratación;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 471, los acuerdos

arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la

misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que, por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual

se instrumente el Acta de Negociación Colectiva Comisión Paritaria Central N°

2/2026;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N°

2/2026, suscripta el día 7 de abril de 2026 entre los representantes del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de

la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como Anexo (IF-2026-17587148-

GCABA-DGTALMHF) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7360

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 1951/MHFGC/26 instrumenta el Acta de Negociación Colectiva – Comisión Central Nº 2/2026, suscripta el día 7 de abril de 2026.</p>