RESOLUCIÓN 55 2006 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Síntesis:
TRUJILLO, JORGE N, DNI 4.197.330 - SE LE OTORGA UN SUBSIDIO - REPÚBLICA DE CROMAÑÓN - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - DECRETO 692-05
Publicación:
04/05/2006
Sanción:
25/04/2006
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Visto los Decretos Nros. 692/05 y 1.859/05 de prórroga, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05 y 54-SSDH/05 y el Registro N° 414-SSDH/06 de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, y
CONSIDERANDO:
Que en el registro señalado en el visto tramita la solicitud presentada por el Sr. Trujillo, Jorge Néstor, DNI 4.197.330, quien requiere el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el Decreto N° 692/05 y su prórroga establecida por Decreto N° 1.859/05;
Que ha quedado acreditado el vínculo que lo unía a su hija, la Srta. Trujillo, Alejandra María, DNI 30.455.784, víctima fatal de los hechos acaecidos en la fecha citada, en el local República de Cromagnón, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3° de la Resolución N° 54-SSDH/05;
Que el fallecimiento de la víctima se encuentra corroborado de conformidad a lo prescripto por el artículo 2° de la Resolución N° 54-SSDH/05;
Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 1.859/05;
Por ello,
Artículo 1° - Otórgase al Sr. Trujillo, Jorge Néstor, DNI 4.197.330, el subsidio de cuatro (4) cuotas mensuales y consecutivas, desde el 1° de enero de 2006 hasta el 30 de abril de 2006, por el monto de pesos un mil doscientos ($ 1.200), conforme lo previsto por el artículo 3° del Decreto N° 1.859/05.
Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General Contaduría a emitir orden de pago por un monto de pesos cuatro mil ochocientos ($ 4.800), con su correspondiente comisión bancaria de pesos uno con veintiuno ($ 1,21), correspondiendo dicho monto, a las cuotas correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2006.
Artículo 3° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.