LEY DE APROBACIÓN INICIAL 1998

Síntesis:

DESAFECTA DISTRITO DE ZONIFICACIÓN R2ALL- PARCELA 21B - CALLES PERÚ- BRASIL- BOLÍVAR- AVENIDA CASEROS -  AFECTA PARCELAS MENCIONADAS - DISTRITO DE ZONIFICACIÓN - AREA DE PROTECCIÓN HISTÓRICA APH 1 - DENTRO NOVENTA DÍAS DE RECIBIDA LA PRESENTE - ORDENANZA 45517 - MODIFICACIÓN PLANO 5.4.12.1 A 1 - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO - Y PLANCHETA 18 PLANO DE ZONIFICACIÓN CPU

Publicación:

19/10/1998

Sanción:

08/10/1998

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1° — Desaféctanse del Distrito de Zonificación R2all, la parcela 21b, correspondientes a la manzana 44 y las parcelas 1,2,3,4,5,6,7,8,9a y 9b de la manzana 43, de la sección 8, circunscripción 3, comprendida entre las calles Perú, Brasil, Bolívar y Avenida Caseros.

Art. 2° — Aféctanse las parcelas mencionadas en el ar- tículo 1° al Distrito de Zonificación Area de Protección Histórica A.P.H. 1.

Art. 3° — El Poder Ejecutivo a través de los organismos competentes, dentro de los noventa (90) días de recibida la presente, elaborará las normas APH de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 45.517.

Art. 4° — Encomiéndase al Poder Ejecutivo, la modificación del plano 5.4.12.1 a 1. del atlas del Código de Planeamiento y la plancheta N° 18 del Plano de Zonificación del mismo código.

Art. 5° — Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89 Inc. 1 y 90 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.- Olivera - Grillo

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