DECRETO 453 2006
Síntesis:
REVOCA PODER ESPECIAL OTORGADO POR ESCRITURA PÚBLICA N° 123 - SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO Y SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN LEGAL - SE LES OTORGA PODER ESPECIAL PARA SUSCRIBIR ESCRITURAS PÚBLICAS EN LAS QUE SEA PARTE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD - REVOCACIÓN DE PODERES - PODER ESPECIAL - OTORGAMIENTO DE PODERES - ESCRITURACIÓN DE INMUEBLES - APODERADOS
Publicación:
12/05/2006
Sanción:
08/05/2006
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Ley N° 1.925, los Decretos Nros. 228/04 (B.O.C.B.A. N° 1889) y 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416) y el Expediente N° 20.687/06, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 228/04 se dispuso otorgar poder especial a los funcionarios titulares de las entonces Secretaría de Jefe de Gabinete y Subsecretaría Legal y Técnica, para que en nombre y representación de este Gobierno y actuando en forma conjunta, indistinta, sucesiva o alternada, pudieran suscribir escrituras públicas en las que fuera parte el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en tal sentido, con fecha 3 de marzo de 2004 mediante Escritura Pública N° 123 pasada al Folio 642 del Registro N° 1.481 a cargo del señor Escribano General del Gobierno, Esc. Carlos Víctor Gaitán, se designó como apoderados a los funcionarios que se desempeñaban en los cargos citados;
Que por Ley N° 1.925 (Ley de Ministerios), entre otras disposiciones, se suprimieron los cargos de Jefe de Gabinete y Subsecretario Legal y Técnico;
Que, en consecuencia, la representación otorgada a través del Decreto N° 228/04 ha perdido su entidad, por lo que debe ser revocada;
Que, por lo tanto, corresponde el dictado de un nuevo acto administrativo por el cual se otorgue poder especial con los mismos alcances y facultades que el anteriormente mencionado, adecuando la designación de los apoderados a la estructura vigente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 350/06;
Que atento a las características de la representación que nos ocupa y a la naturaleza de las misiones y funciones asignadas por la Ley N° 1.925 y el Decreto N° 350/06 a la Secretaría Legal y Técnica así como a la Subsecretaría de Coordinación Legal dependiente de esa Secretaría, resulta conveniente otorgar poder especial a los funcionarios a cargo de dichas dependencias;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Revócase el poder especial otorgado con fecha 3 de marzo de 2004 a favor del entonces señor Jefe de Gabinete y de la entonces señora Subsecretaria Legal y Técnica, mediante Escritura Pública N° 123 pasada al Folio 642 del Registro N° 1.481 a cargo del señor Escribano General del Gobierno, Esc. Carlos Víctor Gaitán.
Artículo 2° - Otórgase poder especial a los funcionarios titulares de la Secretaría Legal y Técnica y de la Subsecretaría de Coordinación Legal dependiente de esa Secretaría, para que en nombre y representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y actuando en forma conjunta, indistinta, sucesiva o alternada, cualquiera de ellos, pueda suscribir las escrituras públicas respecto de las cuales sea parte el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3° - Los apoderados designados en el artículo 2° deben limitarse a suscribir las escrituras cuando corresponda su otorgamiento de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
Artículo 4° - La Subsecretaría de Escribanía General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá intervenir en el otorgamiento del mandato, a través de escritura pública.
Artículo 5° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.
Artículo 6° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Escribanía General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.