DECRETO 200 2026
Síntesis:
DESIGNA - TITULAR - DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS ESPECIALES - SEBASTIÁN HUGO MALLEVILLE - SECRETARÍA GESTIÓN Y DESARROLLO URBANO - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
27/05/2026
Sanción:
22/05/2026
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
VISTO: la Ley 6.684, el Decreto 387/23, el Expediente EX-2026-20793410-GCABA-
SECGDU, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que contempla en su artículo 2° entre los Ministerios del
Poder Ejecutivo a la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que contempla a la Dirección
General Investigación, Desarrollo y Ejecución de Proyectos Especiales, dependiente
de la Secretaría Gestión y Desarrollo Urbano, de la citada Jefatura de Gabinete de
Ministros;
Que por lo expuesto, y dado que el cargo se encuentra vacante, el Jefe de Gabinete
de Ministros propicia la designación, a partir del 1° de mayo de 2026, de Sebastián
Hugo Malleville (DNI 34.270.168, CUIL 20-34270168-0), como titular de la Dirección
General de Investigación, Desarrollo y Ejecución de Proyectos Especiales,
dependiente de la Secretaría Gestión y Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete
de Ministros;
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de mayo de 2026, a Sebastián Hugo Malleville
(DNI 34.270.168, CUIL 20-34270168-0), como titular de la Dirección General de
Investigación, Desarrollo y Ejecución de Proyectos Especiales, dependiente de la
Secretaría Gestión y Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al
interesado dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley 6.357. Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, todas dependientes del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Oficina de Integridad Pública, y a la Dirección
General Acceso a la Información y Gobierno Abierto. Para su conocimiento y demás
efectos, remitir a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archivar. MACRI -
Sánchez Zinny