RESOLUCIÓN 97 2026 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
AUTORIZA A EMPLAZAR UNA ESTACIÓN DE CARGA ELÉCTRICA EN LA ACERA DE AZUCENA VILLAFLOR 351 A LA EMPRESA LATENERGY SA
Publicación:
27/05/2026
Sanción:
21/05/2026
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO: La Ley 6.684, el Decreto 387/23, la Resolución Conjunta 1/SECT/25 y el
Expediente EX-2026-07510456-GCABA-SSPMSV, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la actuación citada en el Visto, la firma LatEnergy S.A. CUIT 30-
71730181-8 solicita el emplazamiento de una estación de carga a ubicarse en
Azucena Villaflor 351, barrio de Puerto Madero;
Que a través de la Resolución Conjunta 1/SECT/25 se creó el Programa
"Electromovilidad Porteña" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
el propósito de promover un sistema de movilidad más sustentable;
Que dicho programa establece como objetivos centrales la reducción de las emisiones
de gases de efecto invernadero; el fomento de la transición hacia el uso de energías
limpias en el transporte mediante la motorización eléctrica; la expansión de la
infraestructura de carga para vehículos eléctricos; y la difusión de nuevas tecnologías
asociadas a la movilidad de bajas o nulas emisiones;
Que la citada resolución define, además, un conjunto de acciones orientadas a la
implementación del programa, entre las que se incluyen la determinación de los
aspectos técnicos y de seguridad aplicables a las estaciones de cargadores eléctricos,
su emplazamiento tanto en la vía pública como en espacios privados con acceso
público, y ámbitos privados, y la publicación de la localización de dichas estaciones en
el sitio oficial de la Ciudad;
Que por su lado, la mentada norma aprueba los requisitos técnicos y de seguridad
correspondientes, y establece el procedimiento administrativo para la emisión de la
autorización de emplazamiento de estaciones de cargadores eléctricos en la vía
pública, mediante el otorgamiento de permisos de carácter precario y revocable;
Que la documentación aportada por la presentante cumple con los requisitos legales
exigidos, todo ello de acuerdo con las intervenciones efectuadas por las áreas con
competencia en la materia: Gerencia Operativa Nuevas Tecnologías y Cambio
Energético; Gerencia Operativa Gestión Energética; Dirección General Política y
Estrategia Ambiental; Dirección General de Evaluación Ambiental; Gerencia Operativa
de Regulación del Cordón y Estacionamiento Ordenado; Dirección General Gestión
Integral del Tránsito; Subsecretaría de Mantenimiento Urbano y la Subsecretaría de
Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial;
Que por medio de la Ley 6.684, se establecieron los Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre los cuales se encuentra el Ministerio de
Movilidad e Infraestructura;
Que por el Decreto 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a esta Secretaría de
Transporte como órgano dependiente del referido Ministerio de Movilidad e
Infraestructura;
Que el citado decreto establece, entre las responsabilidades primarias de esta
Secretaría, las de entender en la regulación y control del transporte en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los aspectos relacionados con el transporte, la
circulación peatonal y vehicular, con base en las políticas de desarrollo económico,
ambiental y social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y en las políticas atinentes
a la movilidad sustentable, en especial, en lo que refiere a las estaciones de carga
eléctrica para vehículos automotores en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, entre otras;
Que, conforme lo expuesto, corresponde, en esta instancia, autorizar a la empresa
LatEnergy S.A. (CUIT 30-71730181-8) a emplazar una estación de carga eléctrica en
la acera de la calle Azucena Villaflor 351 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires
de conformidad con las condiciones y especificidades establecidas en la Resolución
Conjunta 1/SECT/25.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Autorizar a la empresa LatEnergy S.A. (CUIT 30-71730181-8) a emplazar
una estación de carga eléctrica en la acera de la calle Azucena Villaflor 351 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino exclusivo para la carga de vehículos
eléctricos, de conformidad con el plano (PLANO-23958186-GCABA-SECT) que como
Anexo I integra la presente resolución.
Artículo 2°.- El emplazamiento de la estación de carga eléctrica, deberá efectuarse de
conformidad con las condiciones y especificidades obrantes en la Resolución Conjunta
1/SECT/25, y en lo establecido en el Anexo II (IF-2026-14392217-GCABA-DGGIDT)
que integra la presente resolución.
Artículo 3°.- El presente permiso precario se otorga provisionalmente por el plazo de
cinco (5) años, pudiendo ser revocado en cualquier momento y por cualquier causa
por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Instruir a la Subgerencia Operativa Tecnología Aplicada a la Movilidad e
Información Territorial dependiente de la Dirección General Control de la Movilidad de
la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, para que la ubicación de la
estación de carga sea publicada en el sitio oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subgerencia Operativa Tecnología Aplicada a la Movilidad e Información Territorial,
a la Gerencia Operativa Nuevas Tecnologías y Cambio Energético; a la Gerencia
Operativa Gestión Energética; a la Dirección General Política y Estrategia Ambiental; a
la Dirección General de Evaluación Ambiental; a la Gerencia Operativa de Regulación
del Cordón y Estacionamiento Ordenado; a la Dirección General Gestión Integral del
Tránsito; a la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano; a la Subsecretaría de
Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial; a la Junta Comunal 1 y notificar a la
empresa LatEnergy S.A. Cumplido, archivar. Krantzer