RESOLUCIÓN 1086 2026 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

Síntesis:

APRUEBA - PRECIOS - SERVICIO DE VISITAS GUIADAS -  JUNIO 2026 - TEATRO COLÓN - COLÓN FÁBRICA - COLÓN FÁBRICA RECORRIDO LIBRE

Publicación:

02/06/2026

Sanción:

28/05/2026

Organismo:

ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN


VISTO: La Ley 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.764) y su Decreto

reglamentario N° 1.342/08, las Resoluciones nros. 73/GCABA-SSHA/25, 772/GCABA-

EATC/26, la Disposición N° 3/GCABA-DGTALEATC/26, el Expediente Electrónico N°

EX-2026-23587260-GCABA-DEEATC, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la aprobación de los nuevos precios que

regirán a partir del 1° de junio de 2026 para la venta de entradas correspondientes al

Servicio de Visitas Guiadas que se desarrollan en el edificio del Teatro Colón, situado

en la calle Cerrito 618 y en la sede del Programa "Colón Fábrica", situado en la calle

Avenida Don Pedro de Mendoza 2163, ambas de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que mediante la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.764) se creó el Ente

Autárquico Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía

funcional y autarquía financiera, con la organización y competencia establecidas en

dicha Ley;

Que por el Decreto N° 1.342/08 se aprobó la reglamentación de la precitada Ley;

Que el artículo 2° de la citada Ley dispone que es misión de este Ente "crear, formar,

representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de

cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición

histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires";

Que el artículo 3° de la Ley establece entre las diferentes funciones en favor de este

Coliseo para procurar el cumplimiento de su misión la de "...facilitar al conjunto de los

habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la

Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades artístico-culturales que

desarrolla" (inciso b) y la de "entender en la planificación, programación y ejecución de

actividades vinculadas al arte lírico, coreográfico, musical - sinfónico y de cámara - y

experimental" (inciso c);

Que el inciso I) del artículo 14 establece como función del Director/a General

"Planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de los

objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón y las actividades de los recursos humanos,

físicos, económicos financieros y patrimoniales";

Que el inciso m) del mismo artículo establece como función del Director/a General

"Celebrar los actos jurídicos de naturaleza civil, comercial y administrativa que sean

necesarios para el ejercicio de las funciones del Ente Autárquico Teatro Colón";

Que el artículo 28, inciso c) de la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.764)

establece entre los recursos propios del Ente Autárquico Teatro Colón, "los fondos

provenientes de las recaudaciones de boletería que obtenga por sus actividades y

prestaciones a terceros";

Que a su vez, el Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires faculta al

Poder Ejecutivo para "establecer los precios de entrada a los complejos deportivos,

recreativos o similares y a los espectáculos, visitas guiadas y actividades especiales

que organice, incluidos los aranceles por los servicios complementarios que se presten

en los complejos, salas, locales o espacios donde aquellos se realicen" (cfr. Artículo

527 Capítulo II);

Que en igual sentido se expidió la Secretaría Legal y Técnica mediante la Providencia

PV-2012-01339516-DGCL, de fecha 27 de junio de 2012, donde destacó que esta

Dirección General podrá establecer el precio de las localidades sin que sea necesaria

la autorización previa o ratificación posterior por la máxima autoridad de esta

Administración;

Que mediante Resolución N° 73/GCABA-SSHA/25, se aprobó la Licitación Pública N°

614-0009-LPU25 que tuvo por objeto la contratación de un servicio integral de

provisión de una plataforma tecnológica, marca blanca, para emisión, gestión, venta

de entradas, merchandising, localidades de actividades y/o eventos con alquiler de

equipos, provisión de insumos y puestos de boletería para todo el Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se adjudicó a la firma SOLUCIONES

INTEGRALES EN SISTEMAS S.A. (CUIT 30-71772385-2);

Que mediante Resolución N° 772/GCABA-EATC/26 se aprobó a partir del 1° de mayo

de 2026 la estructura orgánico funcional del Ente Autárquico Teatro Colón de acuerdo

al Anexo I IF-2026-18304795-GCABA-EATC (Organigrama) y al Anexo II IF-2026-

18305662-GCABA-EATC (Descripción de Responsabilidades);

Que a través de la Disposición N° 3/GCABA-DGTALEATC/26 se aprobaron los precios

vigentes desde el 01 de enero de 2026 de las entradas correspondientes al servicios

de visitas guiadas a desarrollarse en el edificio del Teatro Colón, sito en calle Cerrito

N° 618 y en la sede del Programa "Colón Fábrica", ubicada en la Avenida Don Pedro

de Mendoza N° 2.163, ambas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el

detalle obrante en el Anexo I adjunto (IF-2025-55907365-GCABA-DEEATC);

Que tomó intervención la Gerencia Operativa Estrategia Comercial en el marco de su

competencia, propiciando mediante Informe N° IF-2026-23565715-GCABA-DEEATC la

actualización de los precios de las entradas correspondientes al Servicio de Visitas

Guiadas a desarrollarse en las sedes mencionadas;

Que mediante IF-2026-23552564-GCABA-DEEATC, acompaña el detalle

correspondiente a los listados de precios conforme a lo mencionado, los cuales regirán

a partir del 1° de junio de 2026;

Que la Gerencia Operativa Gestión Sectorial (OGESE) y la Coordinación General de

Asuntos Legales, ambas dependientes de la Dirección General Técnica, Administrativa

y Legal y la Coordinación General de Planeamiento Comercial y Desarrollo de

Recursos han tomado intervención en el marco de sus competencias;

Que en virtud de las consideraciones expuestas, resulta pertinente la aprobación de

los nuevos precios que regirán a partir del 1° de junio de 2026, la venta de las

entradas por el Servicio de Visitas Guiadas que se desarrollan en el edificio Teatro

Colón, situado en la calle Cerrito 618 y en la sede del Programa "Colón Fábrica",

situado en la calle Avenida Don Pedro de Mendoza 2163, ambas de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2.855,

EL DIRECTOR GENERAL

DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar los nuevos precios, vigentes desde el 1° de junio de 2026, de las

entradas correspondientes al Servicio de Visitas Guiadas a desarrollarse en el edificio

del Teatro Colón, sito en calle Cerrito N° 618 y en la sede del Programa "Colón

Fábrica", ubicada en la Avenida Don Pedro de Mendoza N° 2.163, ambas de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I adjunto (IF-

2026-23552564-GCABA-DEEATC), el cual forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase

a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal para su comunicación a todas

las Direcciones Generales del Ente Autárquico Teatro Colón. Notifíquese a la firma

SOLUCIONES INTEGRALES EN SISTEMAS S.A. (CUIT 30-71772385-2). Cumplido,

archívese. Grieco Martínez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7378

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 1086/EATC/26 aprueba los nuevos precios, vigentes desde el 1° de junio de 2026, de las entradas correspondientes al Servicio de Visitas Guiadas a desarrollarse en el edificio del Teatro Colón y del Programa “Colón Fábrica”, previamente establecidos por Disposición 3/DGTALEATC/26.</p>