RESOLUCIÓN 1086 2026 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
APRUEBA - PRECIOS - SERVICIO DE VISITAS GUIADAS - JUNIO 2026 - TEATRO COLÓN - COLÓN FÁBRICA - COLÓN FÁBRICA RECORRIDO LIBRE
Publicación:
02/06/2026
Sanción:
28/05/2026
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
VISTO: La Ley 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.764) y su Decreto
reglamentario N° 1.342/08, las Resoluciones nros. 73/GCABA-SSHA/25, 772/GCABA-
EATC/26, la Disposición N° 3/GCABA-DGTALEATC/26, el Expediente Electrónico N°
EX-2026-23587260-GCABA-DEEATC, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la aprobación de los nuevos precios que
regirán a partir del 1° de junio de 2026 para la venta de entradas correspondientes al
Servicio de Visitas Guiadas que se desarrollan en el edificio del Teatro Colón, situado
en la calle Cerrito 618 y en la sede del Programa "Colón Fábrica", situado en la calle
Avenida Don Pedro de Mendoza 2163, ambas de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que mediante la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.764) se creó el Ente
Autárquico Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía
funcional y autarquía financiera, con la organización y competencia establecidas en
dicha Ley;
Que por el Decreto N° 1.342/08 se aprobó la reglamentación de la precitada Ley;
Que el artículo 2° de la citada Ley dispone que es misión de este Ente "crear, formar,
representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de
cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición
histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires";
Que el artículo 3° de la Ley establece entre las diferentes funciones en favor de este
Coliseo para procurar el cumplimiento de su misión la de "...facilitar al conjunto de los
habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la
Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades artístico-culturales que
desarrolla" (inciso b) y la de "entender en la planificación, programación y ejecución de
actividades vinculadas al arte lírico, coreográfico, musical - sinfónico y de cámara - y
experimental" (inciso c);
Que el inciso I) del artículo 14 establece como función del Director/a General
"Planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de los
objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón y las actividades de los recursos humanos,
físicos, económicos financieros y patrimoniales";
Que el inciso m) del mismo artículo establece como función del Director/a General
"Celebrar los actos jurídicos de naturaleza civil, comercial y administrativa que sean
necesarios para el ejercicio de las funciones del Ente Autárquico Teatro Colón";
Que el artículo 28, inciso c) de la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.764)
establece entre los recursos propios del Ente Autárquico Teatro Colón, "los fondos
provenientes de las recaudaciones de boletería que obtenga por sus actividades y
prestaciones a terceros";
Que a su vez, el Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires faculta al
Poder Ejecutivo para "establecer los precios de entrada a los complejos deportivos,
recreativos o similares y a los espectáculos, visitas guiadas y actividades especiales
que organice, incluidos los aranceles por los servicios complementarios que se presten
en los complejos, salas, locales o espacios donde aquellos se realicen" (cfr. Artículo
527 Capítulo II);
Que en igual sentido se expidió la Secretaría Legal y Técnica mediante la Providencia
PV-2012-01339516-DGCL, de fecha 27 de junio de 2012, donde destacó que esta
Dirección General podrá establecer el precio de las localidades sin que sea necesaria
la autorización previa o ratificación posterior por la máxima autoridad de esta
Administración;
Que mediante Resolución N° 73/GCABA-SSHA/25, se aprobó la Licitación Pública N°
614-0009-LPU25 que tuvo por objeto la contratación de un servicio integral de
provisión de una plataforma tecnológica, marca blanca, para emisión, gestión, venta
de entradas, merchandising, localidades de actividades y/o eventos con alquiler de
equipos, provisión de insumos y puestos de boletería para todo el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se adjudicó a la firma SOLUCIONES
INTEGRALES EN SISTEMAS S.A. (CUIT 30-71772385-2);
Que mediante Resolución N° 772/GCABA-EATC/26 se aprobó a partir del 1° de mayo
de 2026 la estructura orgánico funcional del Ente Autárquico Teatro Colón de acuerdo
al Anexo I IF-2026-18304795-GCABA-EATC (Organigrama) y al Anexo II IF-2026-
18305662-GCABA-EATC (Descripción de Responsabilidades);
Que a través de la Disposición N° 3/GCABA-DGTALEATC/26 se aprobaron los precios
vigentes desde el 01 de enero de 2026 de las entradas correspondientes al servicios
de visitas guiadas a desarrollarse en el edificio del Teatro Colón, sito en calle Cerrito
N° 618 y en la sede del Programa "Colón Fábrica", ubicada en la Avenida Don Pedro
de Mendoza N° 2.163, ambas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el
detalle obrante en el Anexo I adjunto (IF-2025-55907365-GCABA-DEEATC);
Que tomó intervención la Gerencia Operativa Estrategia Comercial en el marco de su
competencia, propiciando mediante Informe N° IF-2026-23565715-GCABA-DEEATC la
actualización de los precios de las entradas correspondientes al Servicio de Visitas
Guiadas a desarrollarse en las sedes mencionadas;
Que mediante IF-2026-23552564-GCABA-DEEATC, acompaña el detalle
correspondiente a los listados de precios conforme a lo mencionado, los cuales regirán
a partir del 1° de junio de 2026;
Que la Gerencia Operativa Gestión Sectorial (OGESE) y la Coordinación General de
Asuntos Legales, ambas dependientes de la Dirección General Técnica, Administrativa
y Legal y la Coordinación General de Planeamiento Comercial y Desarrollo de
Recursos han tomado intervención en el marco de sus competencias;
Que en virtud de las consideraciones expuestas, resulta pertinente la aprobación de
los nuevos precios que regirán a partir del 1° de junio de 2026, la venta de las
entradas por el Servicio de Visitas Guiadas que se desarrollan en el edificio Teatro
Colón, situado en la calle Cerrito 618 y en la sede del Programa "Colón Fábrica",
situado en la calle Avenida Don Pedro de Mendoza 2163, ambas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2.855,
Artículo 1°.- Aprobar los nuevos precios, vigentes desde el 1° de junio de 2026, de las
entradas correspondientes al Servicio de Visitas Guiadas a desarrollarse en el edificio
del Teatro Colón, sito en calle Cerrito N° 618 y en la sede del Programa "Colón
Fábrica", ubicada en la Avenida Don Pedro de Mendoza N° 2.163, ambas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I adjunto (IF-
2026-23552564-GCABA-DEEATC), el cual forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase
a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal para su comunicación a todas
las Direcciones Generales del Ente Autárquico Teatro Colón. Notifíquese a la firma
SOLUCIONES INTEGRALES EN SISTEMAS S.A. (CUIT 30-71772385-2). Cumplido,
archívese. Grieco Martínez