RESOLUCIÓN 127 2026 SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA
Síntesis:
APRUEBA EL PROCEDIMIENTO Y LOS INSTRUMENTOS OPERATIVOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE UN RÉGIMEN ADMINISTRATIVO EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE SALUD ESTABLECIENDO PAUTAS PARA SU APLICACIÓN Y CONTROL- APROBACIÓN PROCEDIMIENTO - INSTRUMENTOS OPERATIVOS - RÉGIMEN ADMINISTRATIVO - MINISTERIO DE SALUD - ÁMBITO DE APLICACIÓN - IMPLEMENTACIÓN - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - CONDICIONES DE ACCESO - REQUISITOS - CONTROL ADMINISTRATIVO - OBLIGACIONES - RESPONSABILIDADES - SUPERVISIÓN - VIGENCIA
Publicación:
04/06/2026
Sanción:
02/06/2026
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA
VISTO: Las Leyes 153 y 6684, el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las
Resoluciones del Ministerio de Salud de la Nación 246/2017 y 748/2014 el Expediente
EX-2026-21616211-GCABA-SSAH, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Ley Básica de Salud 153 y su reglamentación, el Ministerio de
salud tiene la función de formular, planificar, ejecutar y controlar las políticas de salud.
Que por Ley 6684 de la Ciudad de Buenos Aires se establecieron las competencias
del Ministerio de Salud y por Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la
estructura organizativa.
Que la Resolución 246/2017 del Ministerio de Salud de la Nación establece los
lineamientos para la atención de emergencia a adultos y neonatos en las
maternidades.
Que la Resolución 748/2014 del Ministerio de Salud de la Nación sienta las directrices
de organización y funcionamiento de Unidades de Cuidados Intensivos, incluyendo el
contenido y ubicación de los carros de paro.
Que médicamente resulta fundamental contar con un carro de paro a los fines de
reducir los tiempos en la obtención de insumos necesarios para resolver
inmediatamente las emergencias.
Que con la inmediatez en el tratamiento se reducen drásticamente las consecuencias
implícitas en la demora de atención de la emergencia médica.
Que existen determinadas patologías que cuentan con una "Hora de Oro" dentro de la
cual es fundamental recibir la atención necesaria, caso contrario se vería modificado el
pronóstico a mediano y corto plazo.
Que con la estandarización del contenido del carro de paro se estaría fortaleciendo la
utilización de las primeras líneas de tratamiento.
Que resulta menester llevar un correcto circuito de uso, de modo que la utilización del
mismo se encuentre monitoreada.
Que, como consecuencia de la estandarización del contenido del carro de paro, se
logrará una mejor planificación de compras de medicación e insumos hospitalarios.
Que en virtud del Decreto 105/26 que modifica la estructura organizativa del Ministerio
de Salud, esta Subsecretaría de Atención Hospitalaria tiene dentro de sus
Responsabilidades Primarias, Objetivos y Acciones la administrar y coordinar las
actividades médicas de atención, y gestionar la articulación de los establecimientos
hospitalarios del sistema público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Aprobar el "Procedimiento para el manejo de los carros de RCP
(Reanimación Cardio-Pulmonar) en los Hospitales de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires", que como Anexo I (IF-2026-25510936-GCABA-SSAH) forma parte de la
presente.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su
conocimiento y demás efectos, comunicar a los efectores de salud dependientes de
esta Subsecretaría. Cumplido, archivar. Cordero