RESOLUCIÓN 24 2006 SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN Y COORDINACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO
Síntesis:
DIRECTOR GENERAL DE ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO - SE LO AUTORIZA A OTORGAR PERMISOS DE USO Y OCUPACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO
Publicación:
23/05/2006
Sanción:
08/05/2006
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN Y COORDINACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO
Visto la Resolución N° 361-SSMA/04, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 361-SSMA/04 de la ex Subsecretaría de Medio Ambiente establece los requisitos para la realización de filmaciones y eventos en espacios públicos, adoptando criterios que permitan el uso responsable del espacio público;
Que conforme a las facultades conferidas por el Decreto N° 350/06, la Subsecretaría de Programación y Coordinación del Espacio Público, dependiente del Ministerio de Espacio Público, tiene como objetivo instrumentar y promover políticas de uso y ocupación del espacio público y tramitación de permisos, resultando autoridad de aplicación de la resolución antes citada;
Que el decreto antes mencionado establece como responsabilidad primaria de la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público, dependiente de la Subsecretaría ut supra mencionada, programar, coordinar y otorgar permisos de apertura en vía publica a las empresas prestatarias de los servicios públicos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también los permisos de uso y ocupación del espacio público;
Que en virtud que resulta necesario establecer mecanismos responsables, eficientes y ágiles para el otorgamiento de permisos para el uso del espacio público;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales conferidas por el Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416) y el Decreto N° 378/06 (B.O.C.B.A. N° 2428),
Artículo 1° - Autorízase al Director General de Ordenamiento del Espacio Público a otorgar permisos de uso y ocupación del espacio público.
Articulo 2° - El otorgamiento de los permisos de uso y ocupación del espacio público deberá realizarse dando estricto cumplimiento a lo establecido en la Resolución N° 361-SSMA/04.
Articulo 3° - La Dirección General de Ordenamiento y Espacio Público deberá comunicar a esta Subsecretaría todas las autorizaciones conferidas y denegadas, así como los resultados de los informes realizados por los relevadores dependientes de esa Dirección General una vez terminados los eventos.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público, a la Subsecretaría de Seguridad Urbana, a BASET, cumplido, archívese.