DISPOSICIÓN 91 2026 DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

Síntesis:

NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTICULO 1 DE LA DISPOSICIÓN 91/DGPLBC/26 ESTABLECE NUEVOS PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS, MODIFICANDO LOS PLAZOS PREVIAMENTE FIJADOS POR LA DISPOSICIÓN 81-DGPLBC/25, DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL. ESTABLECE EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS MENSUALES Y ESPECIALES DESTINADOS A BIBLIOTECAS POPULARES, CONFORME A LA LEY N° 2035, PARA EL EJERCICIO 2027 - BIBLIOTECAS POPULARES - SUBSIDIOS MENSUALES - SUBSIDIOS ESPECIALES - PLAZO DE PRESENTACIÓN - SOLICITUDES - EJERCICIO 2027 - LEY 2035 - REGISTRO DE BIBLIOTECAS POPULARES 

Publicación:

16/06/2026

Sanción:

10/06/2026

Organismo:

DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA


VISTO: La Ley N° 2035, su Decreto Reglamentario N° 1.257/07 y el EE N° 2018-

31096827-MGEYA-DGLBYPL y;

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura posee entre

sus responsabilidades primarias la de actuar como autoridad de aplicación de la Ley

N° 2035;

Que dicha norma tiene por objeto la protección, el desarrollo y fomento de las

Bibliotecas Populares en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 1.257/07 se reglamentó la mencionada ley;

Que el artículo 2°, VII) del mencionado decreto, encomienda a la Dirección General del

Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura, actual Dirección General de Promoción

del Libro, Bibliotecas y la Cultura, la función de "ejecutar todas las actividades de

gestión, técnicas y administrativas que posibiliten el otorgamiento de los beneficios

establecidos en los mencionados incisos a) y c) del artículo 3° ...";

Que por la DI-2025-81-GCABA-DGPLBC se estableció el plazo correspondiente para

la presentación de las solicitudes de los subsidios mensuales y especiales para

Bibliotecas Populares para el ejercicio 2026;

Que resulta necesario establecer nuevos plazos para la presentación de las solicitudes

de los subsidios acordes a la normativa vigente en la materia y a los fines de agilizar

los procesos;

Por ello, conforme las atribuciones conferidas;

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCION GENERAL DE PROMOCIÓN

DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

DISPONE:

Artículo 1°.- Establécese que el plazo para la presentación de las solicitudes de

subsidios mensuales y especiales para Bibliotecas Populares Ley N° 2035 para el

ejercicio 2027 será desde el lunes 22 de junio de 2026 a las 09:00 horas hasta el

viernes 14 de agosto de 2026 a las 16:00 horas.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese

a las Bibliotecas Populares inscriptas en el Registro de Bibliotecas Populares de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Solano Martínez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>El artículo 1° de la Disposición 91/DGPLBC/26 establece el plazo para la presentación de solicitudes de subsidios mensuales y especiales en el marco de la Ley N° 2035 para el ejercicio 2027.</p>