DECRETO 523 2006

Síntesis:

DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS - DANIEL JOSÉ MARTINI - DNI 14.812.573 - COORDINADOR - ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO - SECRETARÍA GENERAL

Publicación:

31/05/2006

Sanción:

19/05/2006

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 20.080/06, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416), se aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a tal efecto, el cargo de Coordinador del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Coordinación del Plan Estratégico, dependiente de la Secretaría General, se encuentra vacante;

Que según surge de los presentes actuados, el señor Secretario General solicitó se designe al señor Daniel José Martini, DNI 14.812.573, CUIL 20-14812573-3, Ficha N° 348.912, como Coordinador del organismo que nos ocupa;

Que a efectos de proceder a la cobertura del mencionado cargo, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Desígnase a partir del 10 de abril de 2006, al señor Daniel José Martini, DNI 14.812.573, CUIL 20-14812573-3, Ficha N° 348.912, como Coordinador del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Coordinación del Plan Estratégico, dependiente de la Secretaría General, partida 2098.0050.W.99 S.03.

Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

CESADA POR
Dto. 1973-07 acepta la renuncia de Daniel José Martini como Coordinador de la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico, designado por Dto. 523-06