RESOLUCIÓN 55 2006 MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PUBLICAS

Síntesis:

AGREGA ITEMS EN LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 109-01 - CREA EN LA OBRA SANEAMIENTO DE LA CUENCA DEL ARROYO WHITE - PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE UNA ESTACIÓN DE BOMBEO - ADJUDICADA A LA EMPRESA TECMA S.R.L

Publicación:

05/06/2006

Sanción:

04/05/2006

Organismo:

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PUBLICAS


Visto el Expediente N° 7.414/06, y

CONSIDERANDO

Que a través del Expediente N° 62.615/00 se llevó a cabo el proceso licitatorio que concluyó con la contratación para ejecutar la obra Saneamiento de la Cuenca del Arroyo White - Provisión e Instalación de una Estación de Bombeo (Licitación Pública N° 109/01), adjudicada a la empresa Tecma S.R.L., quien se comprometió a realizarla en las condiciones, plazos y especificaciones establecidas en la documentación licitatoria por un monto de $1.473.328,84;

Que mediante el acta acuerdo suscripta por la empresa contratista y convalidada mediante el Decreto N° 2.025/04, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires asumió el compromiso de adquirir las bombas electromecánicas destinadas a la estación de bombeo, readecuándose el precio final de la obra a $ 1.837.891,37;

Que hasta tanto no se conoció al proveedor de las bombas electromecánicas licitadas y las características de detalle de las mismas, no se pudo avanzar en la obra básica, especialmente en el detalle de la ingeniería y electromecánica;

Que asimismo, la obra básica no podrá finalizarse hasta tanto las bombas se encuentren en pie de obra, hecho que acontecerá en un plazo de 120 días corridos contados a partir del 7/12/05 (fecha en que se suscribió la orden de compra con la empresa proveedora KSB Sudamericana S.A.), siendo necesario además computar un mes adicional para la instalación y puesta en funcionamiento de las mismas;

Que en mérito a ello corresponde conceder una prórroga por seis meses del plazo contractual, previéndose su finalización en el mes de mayo de 2006, salvo sudestada, lluvia y sus consecuencias;

Que a la luz de los nuevos estudios técnicos y modelizaciones realizados por la Subunidad de Protección contra Emergencias en el marco del plan de prevención de inundaciones, destacó la necesidad de elevar la capacidad de la estación de bombeo de 12 m3/segundo a 16 m3/segundo a los fines de ampliar la protección de la ciudad frente a fenómenos combinados de fuertes lluvias y crecida de los niveles del Río de la Plata;

Que para este aumento de capacidad de la instalación resultará necesario efectuar cambios del proyecto de obra en los tableros de comando, alimentadores eléctricos y en los transformadores;

Que a los fines de una mejor vinculación de la estación de bombeo con el sector costero adyacente y para garantizar la seguridad e integridad de la misma frente a los eventuales ascensos del Río de la Plata, deviene adecuado la ejecución de un muro de cierre, a ambos lados de la misma, obra de protección no prevista en el pliego licitatorio;

Que, cotejadas las distintas experiencias en el tema, se estudió la necesidad de mejorar el sistema de retiro de residuos por contenedor, mediante la ejecución de un pórtico metálico para el izaje de los contenedores de basura y la fabricación de un contenedor adicional para su utilización simultánea, a fin de optimizar la higiene y salubridad de la estación de bombeo y su entorno;

Que, por otra parte, en el proyecto licitatorio no se ha previsto la ejecución de las obras necesarias para proveer de energía eléctrica a la estación de bombeo, por lo que se requiere la ejecución de una cámara de transformación y medición en la línea municipal para que allí derive la energía eléctrica la empresa Edenor S.A. y el tendido de las ternas de alimentación desde la misma hasta los transformadores de la estación de bombeo;

Que las áreas técnicas intervinientes coinciden en la necesidad de adecuar el proyecto original a los resultados de los nuevos estudios realizados, por lo que se torna aconsejable la creación de items nuevos que contemplen las mejoras a realizarse, como así también, aprobar los adicionales de obra propiciados por la Subsecretaría de Obras y Mantenimiento y que se determinan en la parte dispositiva del presente, a los fines del correcto funcionamiento de la estación de bombeo en la cuenca del Arroyo White;

Que la contratista ha presentado memoria de los trabajos a ejecutar, planilla de cotización, análisis de precios, plan de trabajos, curva de inversiones, planos de desembocadura y diagrama unifilar, que han sido analizados y cuentan con la conformidad de la Dirección General de Hidráulica, repartición técnica competente en la materia;

Que de la documentación reseñada y analizada precedentemente, surge que el adicional de obra propiciado alcanza la suma de $1.199.216,03, a ejecutarse en un plazo de seis meses;

Que los precios presentados por la contratista para la ampliación de las cantidades de items contractuales existentes se ajustan a los valores vigentes de acuerdo al acta acuerdo suscripta y convalidada (diciembre de 2004) y que los precios correspondientes a items nuevos que requieren ser creados se encuentran en el orden de magnitud de los antecedentes disponibles en la Dirección General de Hidráulica resultando razonables en términos económicos;

Que la situación expuesta encuadra en los artículos 1.13.1 y 1.13.2 del pliegos de condiciones generales de la Licitación Pública N° 109/01, donde se ha previsto la regulación de modificaciones contractuales, fundadas no sólo en la urgencia y necesidad de los trabajos estrechamente vinculados a la obra actualmente en ejecución;

Que si bien el art. 53, inc. a) faculta al contratista a rescindir el contrato cuando las alteraciones al contrato original exceden el 20%, nada obsta que puedan realizarse con la expresa conformidad de ambas partes, según lo sostenido por la Procuración del Tesoro en dictámenes 141:125 y 168:441 entre otros;

Que dicha ampliación del contrato efectuada con la expresa conformidad de la empresa Tecma S.R.L. según se desprende de las sucesivas presentaciones efectuadas por la contratista (Registros Nros. 1.012-DGHIDR/05 y 1-DGHIDR/06) no implica modificación alguna del objeto del contrato el cual se mantiene inalterado;

Que si bien el Decreto N° 360/01 que aprueba la delegación de facultades en el Secretario de la entonces Secretaría de Obras y Servicios Públicos, no previó expresamente la delegación de la facultada para alteraciones contractuales y presupuestarias, de su interpretación armónica con el Decreto N° 2.186/04, en su artículo 3°, se autoriza al suscripto al otorgamiento de los actos administrativos correspondientes a obras públicas en esta jurisdicción hasta la suma $ 8.000.000;

Que cabe destacar que mediante el Decreto N° 1.701/01 fue declarada la emergencia hidráulica en la Ciudad de Buenos Aires planteándose la necesidad de encarar medidas a corto plazo para aumentar los niveles de protección;

Que la Procuración General ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas,

EL MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Créase en la obra Saneamiento de la Cuenca del Arroyo White - Provisión e Instalación de una Estación de Bombeo (Licitación Pública N° 109/01), adjudicada a la empresa Tecma S.R.L., los siguientes items a los precios establecidos en el cuadro siguiente:

ITEMS I

Artículo 2° - Amplíase en la obra Saneamiento de la Cuenca del Arroyo White - Provisión e Instalación de una Estación de Bombeo (Licitación Pública N° 109/01), adjudicada a la empresa Tecma S.R.L., los items que a continuación se detallan y que fueran presupuestados a precios contractuales vigentes:

ITEMS II

Artículo 3° - Apruébase el adicional de obra de pesos un millón ciento noventa y nueve mil doscientos dieciséis con tres centavos ( $ 1.199.216,03) I.V.A. incluido, al que le resulta de aplicación la totalidad de la documentación que rige el contrato principal que se halla en ejecución.

Artículo 4° - Amplíase en seis meses del plazo contractual, previéndose su finalización en el mes de mayo de 2006 salvo sudestadas, lluvias y sus consecuencias.

Artículo 5° - El importe de la ejecución de la presente obra se imputará al ejercicio en vigor.

Artículo 6° - La empresa contratista deberá presentar la garantía correspondiente a la presente ampliación contractual.

Artículo 7° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás fines, comuníquese a la Subsecretaría de Infraestructura y Obras. Remítase a la Dirección General de Hidráulica de este Ministerio y a la Dirección General de Contaduría de la Subsecretaría de la Administración Financiera del Ministerio de Hacienda.

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