DISPOSICIÓN 6 2026 DIRECCION GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL

Síntesis:

APRUEBA EL ALTA Y CLASIFICACIÓN DE LOS CURSOS OFRECIDOS O CERTIFICADOS POR EL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN DE BUENOS AIRES PARA LA CARRERA DE ENFERMERÍA Y ESPECIALIDADES TÉCNICO-PROFESIONALES DE LA SALUD - CAPACITACIÓN DEL PERSONAL

Publicación:

14/07/2026

Sanción:

07/07/2026

Organismo:

DIRECCION GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL


VISTO: La Ley 471, los Decretos 726/07, 387/23 y 9/26, las Actas de Negociación

Colectivas 17/13, y modificatoria, 14/17 instrumentada por Resolución 2.671/MHGC/17

y 16/19, instrumentada por Resolución 2.675/MEFGC/19, el Expediente EX-2026-

30646661-GCABA-ICBA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 471, aprobó el Régimen de Relaciones Laborales en la Administración

Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que de conformidad con el artículo 77 de la Ley 471, mediante Decreto 726/07, se

creó como Organismo Fuera de Nivel el Instituto de Capacitación de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante Decreto 387/23, se establecieron las misiones y funciones del Instituto

de Capacitación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las cuales se

encuentra la de "...Proponer y ejecutar, por sí o por terceros, la capacitación necesaria

para el desarrollo del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

así como atender a los requerimientos para el desarrollo de la carrera administrativa y

los que se deriven de la gestión de la transformación cultural";

Que por el Decreto 9/26 se modificó la dependencia funcional del referido Instituto, que

pasó bajo la órbita de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del

Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que mediante Acta de Negociación Colectiva 17/13, se creó la Carrera de la

Administración Pública;

Que por Acta de Negociación Colectiva 16/19 se creó la Carrera de Enfermería y

Especialidades Técnico Profesionales de la Salud, estableciendo en su artículo 14

los requisitos necesarios para la promoción del personal dentro de la categoría y tramo

escalafonario en el que revista;

Que en ese marco, la Cláusula Transitoria Novena del Anexo I del Acta citada en el

considerando precedentemente, acordó que se mantendrán vigentes las normas

reglamentarias, complementarias y accesorias del Acta de Negociación Colectiva

17/13, hasta tanto las mismas se readecúen en los términos de la Carrera de

Enfermería y Especialidades Técnico Profesionales de la Salud;

Que a los fines de reglamentar lo dispuesto en el artículo 41 de la Carrera de la

Administración Pública, por medio del Acta de Negociación Colectiva 14/17, se

establecieron los lineamientos generales de la promoción de grado aplicables al

personal comprendido en dicho escalafón, como así también se aprobó el sistema de

créditos de capacitación y equivalencias;

Que el artículo 5, del Anexo I del Acta 14/17, estableció que la Dirección General

Desarrollo del Servicio Civil, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos, del Ministerio de Hacienda y Finanzas, en conjunto con el Instituto de

Capacitación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, clasificarán los cursos

ofrecidos o certificados por el mismo, de acuerdo a las categorías definidas en dicho

artículo y elaborarán una disposición conjunta;

Que en virtud de ello, resulta necesario dictar el presente acto administrativo que

clasifique nuevos cursos y programas a los efectos de la asignación de créditos y

equivalencias para la promoción de grado del personal comprendido en la Carrera de

la Administración Pública y Carrera de Enfermería y Especialidades Técnico

Profesionales de la Salud;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 5, del Anexo I del Acta de

Negociación Colectiva 14/17,

LA COORDINADORA DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Y LA DIRECTORA GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL

DISPONEN:

Artículo 1°. - Aprobar el alta y clasificación de los cursos ofrecidos o certificados por el

Instituto de Capacitación de Buenos Aires, conforme el detalle y los alcances

mencionados en el Anexo I (IF-2026-30746823-GCABA-DGDSCIV), que forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2°. - Publicar en el Boletín Oficial y para sus demás efectos, comunicar a las

Gerencias Operativas y Subgerencias Operativas del Instituto de Capacitación de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Gerencia Operativa Desarrollo de Carreras,

a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de

Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Russo - Flores


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7407

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>El artículo 1° de la Disposición N° 5/DGLYTAGC/26 aprueba el alta y clasificación de los cursos ofrecidos o certificados por el Instituto de Capacitación de Buenos Aires, según lo previsto por el artículo 5, del Anexo I del Acta 14/17.</p>