DECRETO 252 2026 JEFE DE GOBIERNO

Síntesis:

PROMUEVE COMO INVESTIGADOR INDEPENDIENTE A JAVIER JOSÉ TOIBARO FUNCIÓN JEFE DE UNIDAD INTERNACIÓN CLÍNICA MÉDICA DEPENDIENTE DE LA DIVISIÓN CLÍNICA MÉDICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR JOSÉ MARÍA RAMOS MEJÍA

Publicación:

15/07/2026

Sanción:

13/07/2026

Organismo:

JEFE DE GOBIERNO


VISTO: la Ley 6.035, los Decretos 2.804/03 y 504/16, el Expediente EX-2025-

45377661-GCABA-DGDIYDP, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 6.035 regula las relaciones de empleo público de los profesionales de la

salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre los que se incluye la

investigación y docencia;

Que por el artículo 1° del Decreto 2.804/03 se aprobó el Reglamento del Consejo de

Investigación en Salud;

Que por el artículo 2° del citado Decreto se aprobaron los Reglamentos de la Carrera

de Investigador y del Ingreso a la Carrera de Investigador, ambos de la Carrera de

Profesionales de Salud;

Que en el punto II, apartados "1 y 2" del Anexo II del citado Decreto se establece que

los profesionales del área de investigación tendrán los mismos grados que fija la

Carrera Municipal de Profesionales de Salud, a los que se agregará el calificativo

"Investigador", reconociendo las siguientes categorías académicas: a) Investigador

Asistente, b) Investigador Asociado, c) Investigador Independiente, d) Investigador

Principal y e) Investigador Superior;

Que mediante el Decreto 504/16 se designó como Investigador Asociado dentro de la

Carrera de Investigador de la Carrera de Profesionales de Salud al Dr. Javier José

Toibaro (DNI 21.756.651, CUIL 20-21756651-8), Partida 4022.3228.MS.19.014(P64),

Función Jefe de Unidad Internación dependiente de la División Clínica Médica del

Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía";

Que el mencionado profesional solicitó su pase de categoría, de Investigador Asociado

a la de Investigador Independiente;

Que el punto II, apartados "5 y 10" del Anexo II del Decreto 2.804/03, dispone que para

acceder a la categoría de Investigador Independiente, se requiere tener como mínimo

siete (7) años de antigüedad en tareas de investigación en el país o en el extranjero

con actividad continua en los últimos cinco (5) años, haber realizado trabajos

originales y relevantes, estar en condiciones de elegir temas y efectuar investigaciones

en forma independiente o haberse destacado como miembro de un equipo de

reconocida competencia, y haber permanecido dos (2) años en categoría Investigador

Asociado, sin informes desaprobados, para poder postularse ante el Consejo de

Investigación en Salud para optar a la de Investigador Independiente;

Que el Consejo de Investigación en Salud ha evaluado la solicitud de pase de

categoría y considera que el solicitante cumple con los criterios para acceder a la

categoría de investigador independiente, según consta en el Acta 24-2025 del 8 de

octubre de 2025;

Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Promover como "Investigador Independiente" al Dr. Javier José Toibaro

(DNI 21.756.651, CUIL 20-21756651-8), Partida 4022.3228.MS.19.014 (P64), Función

Jefe de Unidad Internación Clínica Médica, dependiente de la División Clínica Médica

del Hospital General de Agudos Dr. José María Ramos Mejía, en el modo y

condiciones que se indican en el Decreto 2.804/03, conforme lo prescripto por la Ley

6.035.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los Ministros de Salud, de

Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al

interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley 6.357. Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos, a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes y a la

Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, todas dependientes del

Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública. Para su

conocimiento y demás efectos, remitir a la Dirección General Legal y Técnica del

Ministerio de Salud. Cumplido, archivar. MACRI - González Bernaldo de Quirós -

Arengo Piragine - Sánchez Zinny