DECRETO 252 2026 JEFE DE GOBIERNO
Síntesis:
PROMUEVE COMO INVESTIGADOR INDEPENDIENTE A JAVIER JOSÉ TOIBARO FUNCIÓN JEFE DE UNIDAD INTERNACIÓN CLÍNICA MÉDICA DEPENDIENTE DE LA DIVISIÓN CLÍNICA MÉDICA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR JOSÉ MARÍA RAMOS MEJÍA
Publicación:
15/07/2026
Sanción:
13/07/2026
Organismo:
JEFE DE GOBIERNO
VISTO: la Ley 6.035, los Decretos 2.804/03 y 504/16, el Expediente EX-2025-
45377661-GCABA-DGDIYDP, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 6.035 regula las relaciones de empleo público de los profesionales de la
salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre los que se incluye la
investigación y docencia;
Que por el artículo 1° del Decreto 2.804/03 se aprobó el Reglamento del Consejo de
Investigación en Salud;
Que por el artículo 2° del citado Decreto se aprobaron los Reglamentos de la Carrera
de Investigador y del Ingreso a la Carrera de Investigador, ambos de la Carrera de
Profesionales de Salud;
Que en el punto II, apartados "1 y 2" del Anexo II del citado Decreto se establece que
los profesionales del área de investigación tendrán los mismos grados que fija la
Carrera Municipal de Profesionales de Salud, a los que se agregará el calificativo
"Investigador", reconociendo las siguientes categorías académicas: a) Investigador
Asistente, b) Investigador Asociado, c) Investigador Independiente, d) Investigador
Principal y e) Investigador Superior;
Que mediante el Decreto 504/16 se designó como Investigador Asociado dentro de la
Carrera de Investigador de la Carrera de Profesionales de Salud al Dr. Javier José
Toibaro (DNI 21.756.651, CUIL 20-21756651-8), Partida 4022.3228.MS.19.014(P64),
Función Jefe de Unidad Internación dependiente de la División Clínica Médica del
Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía";
Que el mencionado profesional solicitó su pase de categoría, de Investigador Asociado
a la de Investigador Independiente;
Que el punto II, apartados "5 y 10" del Anexo II del Decreto 2.804/03, dispone que para
acceder a la categoría de Investigador Independiente, se requiere tener como mínimo
siete (7) años de antigüedad en tareas de investigación en el país o en el extranjero
con actividad continua en los últimos cinco (5) años, haber realizado trabajos
originales y relevantes, estar en condiciones de elegir temas y efectuar investigaciones
en forma independiente o haberse destacado como miembro de un equipo de
reconocida competencia, y haber permanecido dos (2) años en categoría Investigador
Asociado, sin informes desaprobados, para poder postularse ante el Consejo de
Investigación en Salud para optar a la de Investigador Independiente;
Que el Consejo de Investigación en Salud ha evaluado la solicitud de pase de
categoría y considera que el solicitante cumple con los criterios para acceder a la
categoría de investigador independiente, según consta en el Acta 24-2025 del 8 de
octubre de 2025;
Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Promover como "Investigador Independiente" al Dr. Javier José Toibaro
(DNI 21.756.651, CUIL 20-21756651-8), Partida 4022.3228.MS.19.014 (P64), Función
Jefe de Unidad Internación Clínica Médica, dependiente de la División Clínica Médica
del Hospital General de Agudos Dr. José María Ramos Mejía, en el modo y
condiciones que se indican en el Decreto 2.804/03, conforme lo prescripto por la Ley
6.035.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los Ministros de Salud, de
Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al
interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley 6.357. Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos, a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes y a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, todas dependientes del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública. Para su
conocimiento y demás efectos, remitir a la Dirección General Legal y Técnica del
Ministerio de Salud. Cumplido, archivar. MACRI - González Bernaldo de Quirós -
Arengo Piragine - Sánchez Zinny