DECRETO 716 2006
Síntesis:
RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS - PROGRAMA VERANO DEPORTIVO EN LA CIUDAD - DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTES - EX SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Publicación:
22/06/2006
Sanción:
09/06/2006
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 17.698/06, el Decreto N° 216/06 (B.O.C.B.A. N° 2406), y
CONSIDERANDO:
Que, por la citada norma legal se creó para el año 2006, la planta transitoria docente y no docente para atender el programa Verano Deportivo en la Ciudad, a cargo de la entonces Dirección General de Deportes, dependiente de la ex Secretaría de Producción Turismo y Desarrollo Sustentable, para la colonia de personas con necesidades especiales;
Que, por la Ley de Ministerios N° 1.925 se modificó la estructura orgánica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y mediante el Decreto N° 350/06, se creó la Subsecretaría de Deportes, bajo la dependencia de la Secretaría General;
Que, en consecuencia, la Subsecretaría de Deportes solicita el reconocimiento de los servicios prestados por diversos agentes como planta transitoria docente y no docente, en el marco del programa Verano Deportivo en la Ciudad, para la colonia de personas con necesidades especiales, por el período comprendido entre el 2 de enero y el 17 de febrero de 2006;
Que, resulta necesario regularizar la situación planteada, toda vez que existió una real prestación de los servicios, cuyo reconocimiento se propicia;
Que, por lo expuesto, corresponde el dictado de la norma legal pertinente, accediendo a lo requerido;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1° - Reconócense los servicios prestados por el personal nominado en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, el cual se desempeñó como planta transitoria docente y no docente, en el marco del programa Verano Deportivo en la Ciudad, para la colonia de personas con necesidades especiales, por el período comprendido entre el 2 de enero y el 17 de febrero de 2006.
Artículo 2° - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente será afectado a la partida correspondiente del presupuesto en vigor.
Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.
Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Deportes, dependiente de la Secretaría General, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.
ANEXO I