LEY 6951 2026
Síntesis:
SE INSTITUYE EL 2 DE MARZO DE CADA AÑO COMO EL DÍA DE LAS Y LOS CUIDADORES DE PERSONAS MAYORES Y DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA CON EL OBJETO DE VISIBILIZAR RECONOCER Y PONER EN VALOR LA LABOR REALIZADA POR LOS TRABAJADORES DEL SECTOR - DÍA DE LAS Y LOS CUIDADORES DE PERSONAS MAYORES Y DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA - DÍAS CONMEMORATIVOS - CUIDADORES DE PERSONAS MAYORES - CUIDADORES DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA - PERSONAS MAYORES - PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
28/07/2026
Sanción:
18/06/2026
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
15/07/2026
Artículo 1°.- Se instituye en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 2 de
marzo de cada año como el "Día de las y los Cuidadores de Personas Mayores y de
Personas en Situación de Dependencia".
Art. 2°.- El Poder Ejecutivo, a través de los organismos competentes, podrá realizar
durante dicha jornada acciones de sensibilización, difusión y promoción tendientes a
visibilizar y jerarquizar el rol de las personas cuidadoras, resaltando su importancia
estratégica en el sostenimiento de la vida, la autonomía y el bienestar de las personas
mayores y de las personas en situación de dependencia.
Art. 3°.- Se incorpora la fecha establecida en el artículo 1° a la agenda de efemérides
oficiales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 4°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi
Buenos Aires, 23 de julio de 2026
Mediante la presente certifico que la Ley 6.951, que tramita por el expediente EX-
2026-29725963-GCABA-DGCCN, sancionada por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 18 de junio de 2026, quedó
automáticamente promulgada el día 15 de julio de 2026. Ello en virtud de lo dispuesto
en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por lo expuesto, ordeno su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires; así como su comunicación a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa,
y a los Ministerios de Cultura y de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archivar.
Kamian