RESOLUCIÓN 3350 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

INSTRUMENTA EL ACTA DE NEGOCIACIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL DE MÉDICOS MUNICIPALES N.° 3/2026, MEDIANTE LA CUAL SE ACUERDAN INCREMENTOS REMUNERATIVOS, EL MANTENIMIENTO DE UNA SUMA FIJA Y CONDICIONES COMPLEMENTARIAS APLICABLES A LOS PROFESIONALES COMPRENDIDOS EN LA CARRERA DE PROFESIONALES DE LA SALUD Y EN EL RÉGIMEN DE RESIDENCIAS. NEGOCIACIÓN COLECTIVA - COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL - MÉDICOS MUNICIPALES - PROFESIONALES DE LA SALUD - RÉGIMEN DE RESIDENCIAS - INCREMENTO REMUNERATIVO - ESCALA SALARIAL - REMUNERACIÓN - SUMA FIJA NO REMUNERATIVA - OBRA SOCIAL OSMEDICA - CONTRIBUCIONES PATRONALES - ACTA PARITARIA - VIGENCIA - REVISIÓN SALARIAL - POLÍTICA DE RECURSOS HUMANOS - INSTRUMENTACIÓN DE ACUERDOS COLECTIVOS

Publicación:

30/07/2026

Sanción:

27/07/2026

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley 471 Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto 465/04, el Acta de Negociación

Comisión Paritaria Sectorial Médicos Municipales - Acta N° 3/2026, el Expediente

Electrónico EX-2026-32136111-GCABA-DGTALMHF y,

CONSIDERANDO:

Que con fecha 16 de junio de 2026, se celebró el Acta de Negociación Comisión

Paritaria Sectorial Médicos Municipales - Acta N° 3/2026, en el marco del Título II de

la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Asociación de Médicos Municipales de la

Ciudad de Buenos Aires y la Federación de Profesionales de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que las partes en la CLÁUSULA PRIMERA establecen otorgar a los/las profesionales

comprendidas/das en la Carrera Profesionales de la Salud y en el Régimen de

Residencias, un incremento remunerativo, conforme el siguiente esquema: a) Seis por

ciento (6 %) a partir del mes de junio 2026 tomando como base el mes de mayo 2026,

b) Cuatro por ciento (4%) a partir del mes de agosto 2026 tomando como base el mes

de junio 2026;

Que en la CLÁUSULA SEGUNDA, las partes establecen los valores de los Anexos I y

II de acuerdo a la nomenclatura, conceptos y fecha de vigencia para cada uno de

ellos, que se identifican en los mismos;

Que asimismo, en la CLÁUSULA TERCERA las partes acuerdan mantener la suma fija

otorgada en el punto TERCERO del Acta Paritaria de Negociación Sectorial 12/2024,

siendo la misma de Pesos Sesenta mil ($ 60.000.-);

Que en la CLÁUSULA CUARTA se deja constancia que las contribuciones emergentes

en favor de la Obra Social de los Médicos de la Ciudad de Buenos Aires (OSMEDICA),

estarán a cargo de la parte empleadora;

Que en la CLÁUSULA QUINTA Las partes acuerdan volver a reunirse durante el mes

de septiembre de 2026 a efectos de realizar un análisis del trimestre

julio/agosto/septiembre, tomando la evolución de los índices inflacionarios, con el fin

de aplicar, en caso de corresponded posibles correcciones salariales, tomando como

base el mes de agosto de 2026;

Que las Direcciones Generales de Planificación y Control Operativo, y Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, tomaron intervención, informando ambas que la

presente actuación se encuentra contemplada dentro de las Políticas de Recursos

Humanos, y que su costo asciende a la suma de Pesos Treinta y nueve mil

ochocientos siete millones ochocientos sesenta y cinco mil treinta y cinco ($ $

39.807.865.035.-);

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471, los acuerdos

arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la

misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumente el Acta de Negociación Comisión Paritaria Sectorial Acta N° 3/2026.

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Comisión Paritaria Sectorial

Médicos Municipales - Acta N° 3/2026, suscripta el día 16 de junio de 2026 entre los

representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Asociación

de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires y por la Federación de

Profesionales de la Ciudad de Buenos Aires, la que como Anexo (IF-2026-32139977-

GCABA-DGTALMHF) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese a la Asociación de Médicos Municipales de la

Ciudad de Buenos Aires y a la Federación de Profesionales de la Ciudad de Buenos

Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de

Contaduría General, a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del

Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública

y Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7419

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>El punto TERCERO del Anexo de la Resolución 3350/MHFGC/26, mantiene la suma fija otorgada en el punto TERCERO del Acta Paritaria de Negociación Sectorial 12/24, siendo la misma de pesos sesenta mil ($ 60.000).</p>
APRUEBA
<p>El artículo 1º de la Resolución N° 3350/MHFGC/26 instrumenta el Acta de Negociación – Comisión Paritaria Sectorial – Médicos Municipales - Acta Nº 3/2026.</p>