DISPOSICIÓN 2298 2006 DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR
Síntesis:
MODIFICA EL CRONOGRAMA ESTABLECIDO POR LA DISPOSICIÓN N° 266-DGDYPC-06 - PRÓRROGA EXCEPCIONAL PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Y LA RENOVACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE REINCIDENCIA Y JUICIOS UNIVERSALES DE ADMINISTRADORES DE CONSORCIOS
Publicación:
26/06/2006
Sanción:
20/06/2006
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR
Visto la Ley N° 941, el Decreto N° 706/03, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 941 creó el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal;
Que en virtud de lo establecido en la Claúsula Transitoria Tercera de la citada ley el Poder Ejecutivo dictó el Decreto N° 706/03 reglamentario de la ley supra mencionada;
Que en virtud del artículo 1° del mismo decreto establece que la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es la autoridad de aplicación del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal y la faculta a dictar las normas instrumentales e interpretativas necesarias para la correcta implementación de la Ley N° 941 y dicho reglamento;
Que resulta necesario modificar el cronograma establecido mediante la Disposición N° 266-DGDyPC/06 a fin de lograr la completa presentación de la declaración jurada anual obligatoria correspondiente a los años 2004 y 2005 y la renovación de los certificados de reincidencia y juicios universales de todos los administradores matriculados;
Que a la fecha se registra una renovación de 1.500 matriculas únicamente y las fechas restantes no concuerdan con el faltante de matriculados que deben solicitar la renovación;
Que teniendo en cuenta el artículo 9° de la Ley N° 941 los administradores que no realicen la renovación en tiempo y forma serán imputados por la infracción del artículo 10, inc. d) de la misma ley y en caso de corresponder multados por las normas citadas ut supra;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales conferidas por la Ley N° 757, Ley N° 941, Decreto N° 706/03 y del Decreto N° 17/03,
Artículo 1° - Apruébase la prórroga excepcional para la presentación de la declaración jurada y la renovación de los certificados de reincidencia y juicios universales del 21 de junio al 7 de julio del corriente año inclusive.
Artículo 2° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.